No le podrán suspender servicio de agua hasta el 15 de agosto

AyA amplió derectriz de morosidad.

  • Medida rige a partir del 15 de julio y hasta el 15 de agosto de 2020.
  • Se solicita a usuarios que tengan facturas pendientes de pago a contactar a la institución para efectuar arreglos de pago antes de que venza el periodo de prórroga.
  • Para efectuar arreglos de pago se insta a utilizar preferiblemente el correo linea800@aya.go.cr. Consultas al teléfono 800 REPORTE (800-7376783).

Conscientes de la situación actual que atraviesa el país por la pandemia provocada por el COVID-19 y en aras de que el servicio de agua potable se continúe brindando a la población, dado que es un elemento vital para la aplicación de las medidas de higiene recomendadas por el Ministerio de Salud, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) decidió continuar por un plazo de 30 días más la política de no suspender los servicios de agua por morosidad.

La decisión se basa en lo dispuesto en la Directriz de Gobierno N° 090-S, publicada en la Gaceta N° 154 del 27/06/2020, la cual a su vez reforma la Directriz N° 076-S, y rige por 30 días contados a partir del 15 de julio del 2020 y hasta el 15 de agosto del 2020.

El AyA insta a todos los usuarios que tienen facturas pendientes de pago a que contacten a la institución para que antes del vencimiento del plazo en mención efectúen un arreglo de pago. Para tales fines los usuarios tienen a disposición el correo linea800@aya.go.cr o hacer el trámite en las agencias situadas en diferentes puntos del territorio nacional. También, pueden realizar consultas al teléfono 800 REPORTE (800-7376783.

Se recuerda que las agencias ubicadas en cantones en alerta naranja se encuentran cerradas al público del 13 al 17 de julio, mientras que las de alerta amarilla funcionan con los protocolos sanitarios, con un horario exclusivo para personas adultas mayores y en condición de vulnerabilidad de 7 a.m. a 8 a.m.

La institución confirmó que una vez finalizado el plazo concedido (al 15 de agosto del 2020), los usuarios deberán cancelar sus obligaciones pendientes de pago, incluyendo el recargo del 2%, previsto en el artículo 82 del Reglamento para la Prestación de los Servicios de AyA, ya sea de forma total en un solo tracto, o mediante la formalización de un arreglo de pago, de lo contrario, se suspenderá la habilitación al servicio, reactivando la corta por morosidad.

La entidad permitirá la suscripción de arreglos de pago por una sola factura pendiente de pago, aunque el monto no supere el 100% del promedio de los últimos seis meses.