Estado y padres deben velar por la salud de los niños: conozca más leyes que protegen al menor

Tras la muerte del niño de 11 años Sergio Rodríguez, el menor que murió de Meningitis severa, luego de que al parecer no fue atendido en el EBAIS de los Ángeles de la Fortuna San Carlos, por estar moroso, ha salido a luz, miles de quejas de padres de familia con menores que han recibido maltrato y mala atención en EBAIS y hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) de todo el país,

En vista de este caso tan lamentable, es necesario conocer todas aquellas leyes relacionadas con la salud que cobijan a la madre y al menor. Es importante que usted conozca para que pueda exigir sus derechos, si le son negados por funcionarios incompetentes.

Por ejemplo le Código de la Niñez y la Adolescencia en su artículo 41 indica claramente:

Los niños tienen el derecho al servicio de salud gratuitamente. Denuncie al Funcionario! Nada justifica cumplir con esta ley!!!Art.41 Código de la Niñez y la Adolescencia

La Ley 7700 sobre las personas con alguna discapacidad en su artículo 74 expresa:

ARTÍCULO 13.- Los niños tienen derecho a que sus padres y el Estado velen por su salud y su desarrollo social, físico y psicológico. Por tanto, tendrán derecho a las prestaciones de salud estatales desde su nacimiento hasta la mayoría de edad. Los niños que presenten discapacidades físicas, sensoriales, intelectuales y emocionales gozarán de servicios especializados. (Así reformado por el artículo 74 de la Ley No. 7600 del 2 de mayo de 1996)

También la Ley General de la Salud (No 5359) en su artículo 12 dice:

ARTÍCULO 12.- Toda madre gestante TIENE DERECHO a los servicios de información materno-infantil, al CONTROL MÉDICO durante su embarazo; a la atención médica del parto y a recibir alimentos para completar su dieta, o la del niño, durante el período de lactancia. Ley General de la Salud #5395.

Dibujo hecho por Sergio en la Escuela