Grupo ICE publica primer cartel para desplegar redes privadas 5G

• Servicios serán ofrecidos por RACSA en frecuencias concesionadas.

• Conexiones operarán antes de terminar este año.

• Próximamente se presentará oferta para redes masivas por parte del ICE.

 

Grupo ICE lanzó este viernes 31 de marzo el primer cartel para la contratación de infraestructura que servirá para desplegar redes privadas empresariales basadas en tecnología 5G. La información está disponible en www.sicop.go.cr. Los servicios serán ofrecidos por RACSA en las frecuencias concesionadas.

Con el hito, se proyecta que las primeras conexiones para este segmento estén operando antes de terminar 2023. 

 

Las redes privadas empresariales 5G están dirigidas a los segmentos de Gobierno, industria, agricultura, logística, pymes y corporativo, atenderán necesidades vinculadas a sectores como medicina, transporte, entretenimiento, entre otros.

 

El pliego de condiciones incluye las etapas deprecalificación y concurso para soluciones a la medida, aplicables a los oferentes que resulten elegibles. Dichas soluciones se diseñan a partir de los requerimientos de cada cliente, con el propósito de fortalecer su operación con recursos más eficientes e innovadores.  

 

“Con este cartel avanzamos en el compromiso con el Gobierno y Costa Rica de habilitar servicios 5G que nos coloquen a la altura de países con velocidades, coberturas y soluciones tecnológicas innovadoras y de nivel superior”, detalló Marco Acuña, presidente de Grupo ICE.

 

Por su parte, Mauricio Barrantes, gerente general de RACSA, manifestó que “las redes privadas 5Gfacilitan la automatización de procesos de producción y manufactura, la creación de aplicaciones de realidad aumentada, robótica, internet de las cosas e inteligencia artificial, y el desarrollo de experiencias de juegos en línea, entre muchas otras posibilidades”.

 

De manera oportuna, Grupo ICE comunicará el avance de este proceso, así como la publicación delcartel para la comercialización masiva de servicios 5G en 2024.