La Corte Internacional de Justicia, también conocida como Corte de La Haya, rechazó este jueves una demanda de Nicaragua para extender su plataforma continental más allá de 200 milla náuticas de su costa, lo cual se hubiera sobrepuesto con límites marítimos de Colombia, informa El Tiempo de Bogotá.
La decisión se tomó con una votación de 13 contra 4 y un resumen del fallo fue leído por Joan Donoghue, presidenta de la Corte de La Haya.
Entre algunos de los argumentos por los cuales la Corte rechazó la petición de Nicaragua en la audiencia se leyó que según el derecho internacional «el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde sus líneas de base no puede extenderse dentro de las 200 millas náuticas desde las líneas de base de otro Estado», añade el medio colombiano.
Así mismo, en la diligencia se dijo que a lo largo de la historia, «solo un pequeño número de Estados han afirmado en sus presentaciones un derecho a una plataforma continental extendida que invade áreas marítimas dentro de las 200 millas náuticas de otros Estados, y en esos casos los Estados en cuestión han objetado esas presentaciones».
Mandatario Petro se pronunció
El mandatario nacional definió el caso como una “gran victoria”, resaltando que la decisión de la Corte Internacional de Justicia demostraba que no se accedió a las pretenciones del gobierno de Daniel Ortega. El dirigente de los colombianos expuso que esperaba finalizar la controversia que generó esta disputa y ahora enfocarse netamente en el mejoramiento del archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina.
Desde La Haya, el agente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, Eduardo Valencia Ospina explicó que la decisión le daba fin a más de 20 años de litigio entre los dos países, asegurando que este era un logro de gran importancia para el país, argumentando que las pretenciones de Nicaragua fueron rechazadas gracias a las respuestas que dio la defensa nacional a las preguntas formuladas por la misma corte durante el proceso.