homicidas, violadores y secuestradores deberán cumplir en cárcel tercera parte de pena

El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, rubricó la ley «Reforma del cumplimiento de la pena para obtención del beneficio de libertad condicional», que impone requisitos más rigurosos para la obtención de este beneficio para ciertos delitos graves.

La legislación establece que individuos condenados por delitos como homicidio simple, homicidio calificado, violación, violación calificada, abusos sexuales contra menores e incapaces, trata de personas, entre otros, deberán cumplir al menos dos terceras partes de su condena antes de ser elegibles para la libertad condicional. Este cambio representa un endurecimiento significativo con respecto al requisito anterior, que permitía solicitar la libertad condicional después de cumplir la mitad de la pena.

Gerald Campos Valverde, ministro de Justicia y Paz, acompañó al presidente Chaves durante la firma de esta trascendental reforma. Campos destacó que esta medida envía un mensaje claro de que las penas para delitos graves deben ser cumplidas en su totalidad.

La nueva ley establece que, aunque se pueda revisar la posibilidad de conceder la libertad condicional, esta estará sujeta a la ausencia de otros delitos relacionados con la violencia contra las mujeres, la delincuencia organizada, el tráfico de drogas, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo.

Con esta reforma, el gobierno busca fortalecer el sistema de justicia penal y garantizar una mayor protección a la sociedad contra los delitos más graves. La medida refleja un compromiso firme con la seguridad y la justicia en el país.