Aplica multa del 0,15% sobre sus ingresos brutos en telecomunicaciones obtenidos
durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción, por concentración no
notificada.
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) en cumplimiento de sus funciones como
autoridad sectorial de competencia, sancionó a las empresas Transdatelecom S.A. y Cable
Arenal del Lago S.A. por la omisión del deber de notificación de concentración económica.
Los operadores de telecomunicaciones deberán cancelar una multa por concepto de “infracción
grave” del 0,15% sobre sus ingresos brutos en servicios de telecomunicaciones, obtenidos
durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción, según los criterios de valoración
establecidos en la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley Fortalecimiento de las
Autoridades de Competencia en Costa Rica, Ley 9736 y el Reglamento del Régimen de
Competencia en Telecomunicaciones de la SUTEL.
En cumplimiento de dichas leyes, ambas empresas se deben abstener de realizar y ejecutar
cualquier concentración con operadores y/o proveedores de servicio de telecomunicaciones, sin
notificar de previo a la SUTEL.
“En el presente procedimiento se acreditó que al no haberse notificado la operación
realizada entre Cable Arenal y Transdatelecom ante la SUTEL, constituye una clara
violación al marco jurídico. El pago de las multas impuestas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 38 de la Ley 8642, deberá efectuarse dentro del plazo de un
mes, contado a partir de la notificación de esta resolución…”, señala resolución
RCS-177-2024.
Motivo de la sanción
El análisis de una concentración, de manera preventiva a su realización, permite a la SUTEL
proteger los derechos y los intereses legítimos de los consumidores y la promoción del proceso
de competencia y libre concurrencia.
En algunas circunstancias, las concentraciones económicas pueden ser perjudiciales para los
consumidores, al generar precios más altos, menor variedad y/o calidad, menos innovación, o
bien, impedir que otras empresas ingresen en el mercado.
Por este motivo, las concentraciones
económicas en el mercado de telecomunicaciones deben ser notificadas ante la SUTEL previo
a que se ejecuten, con la finalidad de que esta apruebe, condicione o deniegue la operación, de
previo a su ejecución, luego de valorar el eventual impacto que pudiera tener la transacción.
Es fundamental que las empresas conozcan que, en caso de omitir la notificación previa de las
concentraciones, pueden ser sancionadas con multas que rondan entre 0,025% y 0,5% de los
ingresos brutos obtenidos durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción.
Los recursos producto de la multa establecida por la SUTEL, según lo establecido en la legislación nacional, ingresarán al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), para ser invertidos en programas y proyectos de telecomunicaciones, en aplicación del principio de servicio y acceso universal para el beneficio de los usuarios y poblaciones vulnerables.