MEIC establece márgenes máximos de comercialización en
medicamentos
• Decreto establece márgenes máximos tanto para mayoristas (distribuidores), como para
minoristas (farmacias) del sector de medicamentos.
• Análisis previo de márgenes en un grupo de casi 50 países, determinó que los márgenes en
nuestro país son sustancialmente superiores.
• Decreto tendrá una vigencia inicial de seis meses.
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), anunció la emisión del decreto “Regulación
de margen máximo de comercialización bruto de todos los medicamentos registrados ante el
Ministerio de Salud”, que establece márgenes brutos máximos de comercialización en
medicamentos, con el objePvo de buscar mejores precios para los consumidores.
Este decreto surge como respuesta a un análisis realizado por el MEIC sobre el mercado de
medicamentos en Costa Rica, el cual reveló que los márgenes de comercialización brutos,
-tanto a
nivel mayorista (distribuidores) como en minoristas (farmacias)-, son considerablemente más altos
que en los otros países, para lo cual se realizó una comparación con casi 50 países.
El margen se fija para cada uno de los 42 disPntos grupos terapéuPcos, agrupación que sigue
parámetros internacionalmente uPlizados.
Para el caso de los mayoristas, los márgenes máximos permiPdos oscilan entre un 11% y un 28%
(dependiendo del grupo terapéuPco del medicamento), mientras que para minoristas oscila entre el
25% y el 43,5%. El análisis completo se encuentra disponible en el siPo Web del MEIC en:
hYps://www.meic.go.cr/documentos/69q6zw2mr/DAEC-INF-003-24_CPMedica150125.pdf .
“Como Ministerio de los Consumidores, nuestro compromiso es favorecer a la gente, a los
consumidores, garan4zarles un mercado más justo, mejorar el acceso a medicamentos a través de
mejores precios y mejorar el bienestar económico de las familias costarricenses”, afirmó Francisco
Gamboa, ministro de Economía, Industria y Comercio.
Esta medida, que regirá un mes después de su publicación, tendrá una vigencia inicial de seis meses
y será revisado periódicamente para evaluar su efecPvidad y realizar ajustes de ser necesario.
El decreto,
-que estuvo en consulta pública en octubre pasado-
, se fundamenta en la ConsPtución
PolíPca y en la Ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa EfecPva del Consumidor,
que faculta al MEIC a intervenir en casos excepcionales donde existan distorsiones de mercado que
afecten el interés público. Además, su implementación será monitoreada con el apoyo de los
Ministerios de Hacienda y Salud para garanPzar su cumplimiento.