Sala IV ordena frenar tala y construcciones en Papagayo por posible daño ambiental

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictó una serie de medidas cautelares que paralizan temporalmente permisos de tala, construcciones y actos administrativos en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, mientras resuelve una acción de inconstitucionalidad contra normativa que regula el desarrollo de la zona.

La decisión se tomó este 17 de abril de 2026, en el marco del expediente 25-024408-0007-CO, presentado por el accionante Juan Pablo Xatruch Ovares, quien cuestiona reformas introducidas mediante el decreto ejecutivo N.° 44448-MP-TUR del 17 de enero de 2024.

Cuestionamientos a normativa

El recurso señala que los cambios al reglamento permitirían trasladar derechos de construcción entre fincas concesionadas, incluso si no son colindantes, lo que podría generar un aumento en la densidad constructiva por encima de los límites establecidos.

Además, la Procuraduría General de la República concluyó en su informe que la figura de “compensación de densidad o coeficiente de ocupación” sería inconstitucional, al considerar que:

  • Vulnera el principio de no regresión ambiental
  • Fue aprobada sin estudios técnicos suficientes
  • Transgrede el principio precautorio
  • Resulta incompatible con el artículo 50 de la Constitución Política

El accionante también alegó que esta normativa habría facilitado la tala de aproximadamente 700 árboles en el desarrollo de proyectos hoteleros en la zona.

Medidas cautelares

Ante el riesgo de daños graves e irreparables al ambiente y bajo el principio “pro natura”, la Sala IV ordenó:

  • Moratoria total en el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo.
  • Suspensión de autorizaciones de construcción y cambios en la densidad de los proyectos.
  • Paralización de actos administrativos emitidos por entidades como el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), basados en la normativa cuestionada.

Advertencia legal

El tribunal advirtió que el incumplimiento de estas órdenes podría acarrear sanciones penales, que van desde tres meses hasta dos años de prisión, o multas económicas.

Las medidas se mantendrán vigentes hasta que la Sala resuelva el fondo del caso, en un proceso que podría marcar un precedente clave en materia de desarrollo turístico y protección ambiental en Costa Rica.

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