El Juzgado Contencioso Administrativo confiere audiencia a las partes para definir si el conflicto por la administración del acueducto se resuelve en un proceso conciliatorio o continúa en juicio.
San José, 18 de setiembre de 2026. — El Tribunal Contencioso Administrativo, Segundo Circuito Judicial de San José, en Goicoechea, dio por contestada en tiempo y forma la demanda interpuesta por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) contra la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Sonafluca (ASADA). La resolución, emitida a las 14:34 horas, también tiene por interpuestas las defensas y excepciones de la parte demandada: corrección de hechos y acto no susceptible de impugnación.
El juez tramitador, Dr. Víctor Eduardo Orozco Solano, confirió audiencia por tres días hábiles a la parte actora para que se refiera a la oposición formulada y ofrezca su contraprueba, conforme al artículo 70 del Código Procesal Contencioso Administrativo. Asimismo, y de previo a señalar la audiencia preliminar, el Tribunal otorgó a la contraparte un plazo de tres días hábiles para que informe si da su anuencia a remitir el expediente al Área de Conciliación, en atención a la propuesta conciliatoria planteada por la ASADA.
En caso de no existir anuencia, se confiere audiencia a las partes para que, en el mismo plazo de tres días, indiquen si están de acuerdo con realizar la audiencia oral en modalidad virtual, a través de la plataforma Teams, conforme al protocolo aprobado por Corte Plena mediante la Circular 137-2020. Deberán aportar un correo electrónico y un número celular para coordinar la convocatoria.
Adicionalmente, el Tribunal otorgó a la parte actora un plazo de quince días hábiles para contestar la contrademanda presentada por la ASADA de Sonafluca. Se advierte que, de no contestar dentro del emplazamiento, de oficio se tendrá por afirmada la reconvención.
Contexto del conflicto
El litigio se origina en la decisión del AyA de revocar el convenio de delegación que mantenía con la ASADA de Sonafluca para la administración del acueducto rural. Según la institución, el procedimiento administrativo acreditó «múltiples incumplimientos técnicos, operativos, administrativos y financieros» que dificultaban atender el crecimiento habitacional, comercial y turístico de la zona.
La comunidad de Sonafluca, ubicada en La Fortuna de San Carlos, enfrenta desde hace aproximadamente siete años serios problemas de abastecimiento de agua potable. Según reportes periodísticos, por la ASADA han pasado cinco administradores sin que se lograra establecer una ruta clara para responder a la creciente demanda del recurso.
El AyA ha sostenido que el acueducto opera al máximo de su capacidad y que no puede autorizar nuevas conexiones mientras no se ejecute el proyecto «Los Chorros», que incorporaría una nueva fuente de agua al sistema. La ASADA, por su parte, ha señalado que la naciente Ojoche representa una alternativa de solución, pero el AyA argumenta que se encuentra en un área de Patrimonio Natural del Estado y requiere un permiso del MINAE.
Reacciones y acciones paralelas
La decisión del AyA de asumir la administración directa del acueducto generó oposición en la comunidad. El diputado Edgardo Araya, del Frente Amplio, solicitó formalmente suspender la intervención para abrir espacio al diálogo, señalando que representantes de la ASADA y miembros de la comunidad expresaron su oposición al procedimiento. El Sindicato de Trabajadores del AyA (SITRAA) también advirtió que la institución estaría asumiendo acueductos comunales sin contar con los recursos humanos necesarios para garantizar la continuidad del servicio.
Previamente, el Tribunal Contencioso Administrativo rechazó una medida cautelar provisionalísima solicitada por el AyA, al considerar que no se demostró una situación de «extrema urgencia» ni afectaciones irreversibles al servicio.
Próximos pasos procesales
El proceso avanza ahora hacia la definición de si las partes optan por la vía conciliatoria o continúan el litigio. De no prosperar la conciliación, se convocará a audiencia preliminar, que podría realizarse de forma virtual. La ASADA deberá presentar su contraprueba y el AyA contestar la contrademanda en los plazos establecidos, mientras la comunidad de Sonafluca permanece a la espera de una resolución que defina el futuro de la administración de su acueducto.
