MNPT cuestiona trato a privados de libertad y advierte riesgos para el sistema penitenciario

San José, 1 de octubre de 2026. El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) cuestionó el trato recibido por personas privadas de libertad del CAI 26 de Julio, en Puntarenas, y advirtió que las prácticas de amedrentamiento, provocación y exposición pública pueden debilitar la seguridad penitenciaria y vulnerar derechos humanos.

El pronunciamiento surge luego de un video difundido el 29 de setiembre por las redes sociales del Ministerio de Justicia y Paz, en el que, según el MNPT, se observa el trato dado por autoridades ministeriales a personas privadas de libertad.

El organismo señaló que los gritos, la mofa, la provocación, el amedrentamiento y lo que calificó como una exposición discriminante no constituyen herramientas adecuadas para fortalecer la seguridad dentro de los centros penitenciarios.

Por el contrario, sostuvo que este tipo de actuaciones representan riesgos para la seguridad de las cárceles y pueden constituir violaciones a los principios jurídicos que rigen el sistema penitenciario, además de afectar la dignidad de las personas bajo custodia estatal.

El MNPT también expresó preocupación por el mensaje que este tipo de actuaciones puede transmitir al personal policial encargado de la custodia de los centros penitenciarios.

“Se debe asegurar que todo el personal de los centros de privación de libertad se ajuste al marco jurídico nacional y a los estándares de derechos humanos aplicables”, señaló el organismo.

Preocupación por traslados al CACCO

Otro de los puntos cuestionados es la forma en que se presentó el eventual traslado de algunas personas al Circuito de Alta Contención y posteriormente al CACCO.

Según el MNPT, en la narrativa del video se da a entender que los traslados se realizaron de manera inmediata. Sin embargo, el organismo aclaró que no tiene certeza de que estos se hayan concretado de esa manera después de la grabación.

Aun así, calificó de “altamente preocupante” el mensaje transmitido, debido a que cualquier traslado debe realizarse mediante los procedimientos y garantías establecidos en un Estado de Derecho.

El mecanismo sostiene que el funcionamiento del CACCO debe estar respaldado por una normativa robusta que establezca con claridad los criterios técnicos y jurídicos para determinar cuándo una persona puede ser remitida a ese tipo de establecimiento y bajo qué condiciones debe permanecer custodiada.

Además, considera que deben excluirse criterios arbitrarios, injerencias políticas, estigmatización y cualquier forma de discriminación.

Por estas razones, el MNPT manifestó que, desde su mandato preventivo, considera que el CACCO no debería entrar en funcionamiento mientras no existan esas garantías y estándares mínimos.

Derechos humanos y seguridad

El organismo reconoció que Costa Rica enfrenta un incremento de la criminalidad y señaló que el Estado tiene la oportunidad de adoptar medidas de seguridad compatibles con el respeto de los derechos humanos.

El MNPT recordó que las normas nacionales e internacionales establecen límites frente a la arbitrariedad y el abuso de autoridad, así como prohibiciones estrictas contra los tratos crueles, inhumanos o degradantes y la tortura.

Para el mecanismo, garantizar la seguridad penitenciaria no implica dejar de lado los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, quienes permanecen bajo custodia del Estado.

El pronunciamiento concluye con un llamado a que las autoridades penitenciarias actúen dentro del marco jurídico y de los estándares de derechos humanos aplicables.