Aprueban texto sustitutivo al proyecto que regula la actividad minera en el país

  • Proyecto 21.584 Ley para el Desarrollo Social Mediante la Regulación de la Actividad Minera Metálica de la diputada María José Corrales avanza en la Comisión de Asuntos Sociales.

Asamblea Legislativa, 29 de julio del 2020. Tres días después de que trascendiera que en el país se extrajo oro por un valor de $196 millones entre el 2017 y el 2018 en Crucitas, los diputados de la Comisión de Asuntos Sociales aprobaron de manera unánime afirmativa un texto sustitutivo al proyecto de ley para regular esta actividad que se realiza en manera ilegal.

El proyecto es el 21.584 Ley para el Desarrollo Social Mediante la Regulación de la Actividad Minera Metálica de los diputados María José Corrales y Jorge Fonseca, del Partido Liberación Nacional (PLN), que fue presentado a la corriente legislativa el 11 de setiembre del año anterior.

“Costa Rica no puede permitirse más ese saqueo indiscriminado, impune y destructor. El país no puede permitirse que no tenga una ley que regule la actividad de manera integral, con la participación activa del Estado, que a la fecha, se ha visto inoperante para controlar la actividad, por la lamentable complicidad de un Gobierno que ha mostrado un nulo interés para proponer soluciones al problema”, manifestó la diputada María José Corrales.

El proyecto plantea tres tipos de minería que se podrían desarrollar en el país, con un marco regulatorio: la minería artesanal, la pequeña minería y la mediana minería.

Para llevarlo a cabo, las personas o empresas interesadas deberán contar con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (Setena). Además, deberá cumplir con los requisitos que establece la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).

Participación de la Comima

Para cada proyecto que se otorgue una concesión se conformará una Comisión Mixta de Monitoreo y Control Ambiental (Comima) con participación de funcionarios del Minae, las municipalidades donde se realice el proyecto, asociaciones comunales y de Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) que ven temas ambientales, quienes darán seguimiento al trabajo que desarrolle el concesionario.

“Cuando grupos ambientalistas se oponían a la minería de Crucitas alertaban de un desastre ecológico. Hoy somos testigos de la materialización de ese riesgo donde el mercurio se filtra en aguas, sedimentos, en plantas y peces, con un grave riesgo para la salud humana. Esa situación se quiere controlar a través de esta legislación” expresó la diputada María José Corrales.

Justamente por eso el proyecto establece con claridad la prohibición del uso del mercurio tanto en los procesos de exploración como de explotación de recursos. También prohíbe y el otorgamiento de permisos en parques nacionales, reservas biológicas o forestales y refugios estatales de vida silvestre.

Cánones e impuestos

La empresa que reciba una concesión deberá cancelar un canon anual. Si se trata de un permiso de exploración pagará medio salario base (?225 mil) por hectárea. En el caso de explotación se establecen tres escalas: minería artesanal, un tercio de salario base por hectárea; pequeña minería, medio salario base por hectárea y mediana minería, tres salarios base por hectárea. 

Con base en el canon que rige actualmente de un 2%, Costa Rica dejó de percibir ?2.356 millones el año anterior, de acuerdo con un informe de la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente (Minae).

Además, los proyectos aprobados deberán cancelar un 20% de impuesto sobre las ventas brutas que realicen los concesionarios. Ese monto ingresará al Estado con esta distribución:

  • Un 20% para el fortalecimiento y ampliación de las pensiones del Régimen No Contributivo.
  • Un 10% al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).
  • Un 10% a la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Redcudi).
  • Un 10% al Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
  • Un 20% a las cuentas de las municipalidades en cuya jurissdicción se encuentre ubicada la concesión.
  • Un 10% se distribuirá proporcionalmente a otras municipalidades ubicadas en la región de planificación donde se encuentre la explotación y que ocupen las posiciones más bajas del Índice de Desarrollo Social de Mideplán.
  • Un 10% a la Dirección de Geología y Minas del Minae.

Un 10% a la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco).