- Proyecto 22.153 Ley de Patentes de la Municipalidad de Río Cuarto fue aprobado en primer debate.
- Iniciativa establecer un impuesto sobre las actividades lucrativas que desarrollen las personas físicas y jurídicas del cantón.
El cantón de Río Cuarto dio un paso fundamental en su proceso de desarrollo y consolidación: la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate el proyecto 22.153 Ley de Patentes de la Municipalidad de Río Cuarto, con el voto afirmativo de 40 diputados. La aprobación se da luego de tres meses que ingresó como proyecto al congreso.
Este proyecto fue presentado a la corriente legislativa el 18 de agosto, mientras que el 5 de noviembre fue dispensado de trámite lo que facilitó su discusión y aprobación.
“Es un hito histórico que deben celebrar los riocuarteños. La creación del cantón conlleva dar pasos fundamentales que permitan el desarrollo económico y social de todos sus habitantes. Debemos celebrarlo y continuar trabajando para crear las condiciones necesarias que le permitan al cantó seguir adelante con su proceso de consolidación”, manifestó la diputada Corrales.
«Esta ley permitirá que el cantón de Río Cuarto posea un marco legal para la implementación de actividades económicas que permitan su desarrollo y crecimiento económico.
Agradezco a las y los compañeros diputados quienes respaldaron mi moción para dispensar de todo trámite esta iniciativa, pronto Ley de la República», expresó el tmbién diputado sancarleño Ramón Carranza.
Avance importante
Río Cuarto se constituyó en el cantón n. 16 de la provincia de Alajuela mediante la ley 9.440 del 20 de abril del 2018.
A partir de ese momento, el cantón ha generado su propia estructura administrativa luego de las elecciones municipales del 2 de febrero de este año, que permitieron la elección de sus primeras autoridades municipales.
Posteriormente, el Gobierno local aprobó de manera unánime en el Concejo Municipal el 10 de agosto del 2020 los tributos locales necesarios que se propusieron a la Asamblea Legislativa por medio del proyecto de ley.
La iniciativa establece que de previo a realizar cualquier actividad lucrativa el interesado debe obtener un permiso o licencia y pagar el impuesto de patentes que se derive de dicha actividad comercial.
La base de cálculo del impuesto será los ingresos brutos anuales percibidos por las personas físicas o jurídicas. De los ingresos brutos se excluye el monto del IVA. Para el cálculo del impuesto de patentes en régimen tradicional se aplicará un colón con 50 céntimos por cada 1000 colones sobre los impuestos anuales. El resultado dividido entre cuatro determinará el impuesto trimestral a pagar.
El proyecto contiene los capítulos correspondientes al otorgamiento y tipos de licencias, el cálculo del impuesto, temas relacionados con la fiscalización, notificaciones, el régimen sancionatorio aplicable y la terminación de las licencias.