Firmada ley que regula creación y desarrollo del Puesto Fronterizo Las Tablillas

 • Ley N° 10.127 permitirá mejorar las instalaciones y modernizar los servicios para el ingreso y egreso de personas, vehículos y mercancías.

 • Normativa segrega un área del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte y establece los mecanismos de compensación ambiental respectivos.

• Proyecto fue gestionado y liderado por el diputado Ramón Carranza

 

El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó esta tarde la “Ley para regular la creación y el desarrollo del puesto fronterizo Las Tablillas” (Ley N° 10.127), que implementará significativas mejoras en la infraestructura y una mayor eficiencia y seguridad en la gestión y control de los servicios que se brindan en estas instalaciones, ubicadas en el cantón limítrofe de Los Chiles.

Estableciendo mecanismos de compensación ambiental, la ley segrega un área total de 94.032 metros cuadrados del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo, “la cual se destinará a la operación y el funcionamiento de un puesto fronterizo terrestre, en instalaciones debidamente habilitadas para brindar servicios relacionados con el ingreso, egreso y tránsito de personas, vehículos y mercancías”. 

Junto al presidente Alvarado, la ley fue firmada por los ministrosde Hacienda, Elián Villegas; de Comercio Exterior, Andrés Valenciano; de Ambiente y Energía, Andrea Meza; de Seguridad Pública, Michael Soto; de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez, y de Salud, Daniel Salas.

Cabe destacar que el Proyecto fue gestionado y liderado por el diputado Ramón Carranza

El Programa de Integración Fronteriza (PIF), a cargo del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), construirá la nueva infraestructura y vía convenio interinstitucional, asignará su uso a las instituciones e instancias que realizan los controles fronterizos.

El presidente Alvarado reconoció el trabajo interinstitucional llevado a cabo bajo el liderazgo de COMEX y de la Asamblea Legislativa para la aprobación de esta ley, que permitirá la modernización de Las Tablillas y seguir protegiendo el Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo.

Asimismo, resaltó que estas obras -enmarcadas en el Programa de Integración Fronteriza que lleva adelante el gobierno- dinamizarán la economía de la zona, con particular beneficio para los habitantes de Los Chiles, y generará más encadenamientos productivos con el resto del país.

“La entrada en vigencia de la ley sobre el Puesto Fronterizo Las Tablillas nos permitirá implementar significativas mejoras en la infraestructura física, procesos más eficientes y efectivos y un mayor uso de la tecnología en la gestión y control de riesgo de este puesto fronterizo, al igual que en los restantes de la frontera norte y sur del país que incluye este Programa. Lo anterior, toma debidamente en cuenta las necesidades sociales y ambientales de las comunidades involucradas”, sostuvo el ministro Valenciano.

El diputado de la zona, Luis Ramón Carranza, explicó que “esta Ley de la República viene a responder a una solicitud de la Sala Constitucional, que instruyó que la construcción de este puesto fronterizo requería de un estudio técnico y una compensación del terreno, todo lo que se realizó con amplio apoyo del Poder Ejecutivo”.  

Agregó que la nueva ley posibilita además de financiamiento para el moderno puesto, recursos frescos para la Municipalidad de Los Chiles. “Estos proyectos se enmarcan en lo que denomino luces largas para el desarrollo, que se complementa con los estudios para la construcción del Tren Eléctrico Limonense de Carga (TELCA) desde el Valle de la Estrella hasta Muelle de San Carlosy que esperamos que posteriormente pueda llegar a Los Chiles”, comentó.

El PIF busca fortalecer la competitividad de Costa Rica mediante la modernización de la infraestructura, el equipamiento y los sistemas fronterizos terrestres en la zona norte y sur del país (Peñas Blancas, Las Tablillas, Paso Canoas, Sabalito y Sixaola).

En resumen. La Ley para regular la creación y el desarrollo del Puesto Fronterizo Las Tablillas contempla, entre otras disposiciones, las siguientes:

• Segrega el Refugio Nacional de Silvestre Corredor Fronterizo en dos lotes un área total de noventa y cuatro mil treinta y dos metros cuadrados (94 032 m2), que será destinada a la operación y el funcionamiento del puesto fronterizo, ubicado en el cantón de Los Chiles.• La administración y titularidad del terreno segregado corresponderá al Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), instancia que en el marco del Programa de Integración Fronteriza construirá las nuevas instalaciones y, vía convenio interinstitucional, asignará su uso a las instituciones e instancias que brinden servicios vinculados con el ingreso, egreso y tránsito de personas, vehículos y mercancías.• La gestión y operación de las instalaciones ubicadas en el área segregada estará a cargo de una gerencia administrativa, integrada por el Ministerio de Comercio Exterior, instancia a cargo de la sostenibilidad del puesto fronterizo y, por el Ministerio de Hacienda, en lo referente a la coordinación interinstitucional.

El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) amojonará el área segregada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo, a fin de salvaguardar de los posibles efectos nocivos del desarrollo humano, el área que continúa afectada por la declaratoria de área silvestre protegida.

A los efectos de compensación ambiental, se autoriza a COMEX para que haga las gestiones correspondientes con recursos del Contrato de Préstamo 3488/OC-CR suscrito entre el Gobierno de la República y el Banco Interamericano de Desarrollo para la ejecución del Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica, con recursos provenientes del impuesto establecido en la Ley 9154 o de otra fuente.• Se autoriza al Poder Ejecutivo para que realice las gestiones necesarias para establecer un puesto aduanal y migratorio en la zona segregada.

La ley incluye dos transitorios. En el primero, se otorga un plazo de ocho meses al Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la ley en el Diario Oficial La Gaceta, para que actualice los reglamentos en favor del cumplimiento de la ley. En el transitorio II, se indica que la segregación referida en la ley será efectiva a partir del momento en que se materialice la compensación ambiental en los términos señalados.