- Para obtener dicha exoneración, las empresas deben
registrarse ante el MEIC como pyme. - Micro y pequeñas empresas inscritas antes de esta fecha,
obtendrían este beneficio que ofrece el Ministerio de
Hacienda.
Las micro y pequeñas empresas que desean registrarse por
primera vez como pyme o requieren renovar su inscripción
ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC),
para optar por la exoneración del Impuesto de Sociedades
Jurídicas que brinda el Ministerio de Hacienda para el 2024,
tendrán tiempo para realizar la solicitud hasta el 8 de
diciembre del 2023.
El Registro Pyme se realiza en el Sistema de Información
Empresarial Costarricense (SIEC) www.siec.go.cr , con el
formulario de inscripción o el de renovación pyme, el cual
constituye una declaración jurada, por lo que no es necesario
adjuntar documentos de los dos de los tres siguientes
requisitos que actualmente se solicitan: como el pago de
cargas sociales ante la CCSS, el cumplimiento de
obligaciones tributarias ante Hacienda o el seguro de riesgos
del trabajo ante el INS.
También las empresas pueden realizar el trámite de manera
presencial en las oficinas centrales del MEIC en Llorente de
Tibás, en el Oficentro ASEBANACIO, Avenida 45.
WWW.MEIC.GO.CR
Esta gestión se realiza, según lo dispuesto en la Ley 9428
“Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas” y su
Reglamento, que beneficia con la exoneración del impuesto a
los contribuyentes que se encuentren realizando actividades
productivas clasificadas como micro y pequeñas empresas e
inscritas ante el MEIC y la Dirección General de Tributación.
Es importante destacar que posterior al 8 de diciembre, se
continuarán recibiendo documentos para solicitud de
Registro Pyme, pero no serán sujetas a la exoneración del
impuesto a las Personas Jurídicas para el período 2024.
Las empresas que cuentan con la condición pyme al día no
tienen que realizar ningún trámite para optar por esta
exoneración, dado que este beneficio se aplica
automáticamente.
Las empresas que cuentan con la condición pyme no solo
podrán optar por la exoneración del Impuesto de Sociedades
Jurídicas, sino también podrán contar con los otros beneficios
derivados de la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las
Pequeñas y Medianas Empresas”, como participación como
proveedor pyme del Estado, acceso a servicios de desarrollo
empresarial, Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) a
microempresas con una tarifa especial, ferias empresariales,
entre otros.
El Registro Pyme ahora cuenta con una vigencia de cuatro
años y es un trámite gratuito y voluntario.
Para consultas puede escribir a siec@meic.go.cr