Reos han puesto 71 recursos de amparo por traslados a máxima seguridad y violación de derechos

Traslados carcelarios bajo la lupa: Sala IV exige transparencia en decisiones que afectan a privados de libertad

Una serie de traslados de privados de libertad a módulos de alta contención, ejecutados sin previo aviso y sin antecedentes disciplinarios que los justifiquen, ha encendido el debate sobre el respeto a los derechos fundamentales dentro del sistema penitenciario costarricense. El caso ha escalado hasta la Sala Constitucional, que recientemente emitió fallos que marcan un precedente en la defensa de la transparencia y el debido proceso para la población penal.

Desde abril, el Ministerio de Justicia ha ejecutado una reestructuración interna en el Centro de Atención Integral (CAI) La Reforma, implementando un régimen más restrictivo destinado al control de internos considerados de alto riesgo. Sin embargo, entre los afectados por los traslados se encuentran privados de libertad sin historial de indisciplina, lo que ha provocado una ola de reclamos y recursos de amparo ante la Sala IV.

Una acción sin explicación previa

Uno de los casos más emblemáticos es el de un privado de libertad que cumplía una medida alternativa bajo monitoreo electrónico en el CAI Terrazas. El 24 de abril fue trasladado abruptamente a un módulo de máxima contención, sin recibir notificación previa y sin contar con antecedentes de violencia o reincidencia. La acción generó alarma entre organizaciones de derechos humanos y defensores del debido proceso.

El recurso de amparo presentado ante la Sala Constitucional fue declarado parcialmente con lugar. Si bien los magistrados no ordenaron el regreso del interno a su ubicación original, sí establecieron que el Ministerio de Justicia debía entregarle por escrito, en un plazo de tres días, el fundamento técnico que motivó el traslado.

Este fallo sienta un precedente importante: el Estado está obligado a informar y justificar cualquier decisión que altere las condiciones carcelarias de una persona, incluso si se encuentra privada de libertad.

Condiciones más estrictas, derechos más frágiles

El nuevo módulo de alta contención en La Reforma aplica medidas más severas, que, según el Ministerio de Justicia, buscan contener riesgos y controlar mejor a los internos con perfiles de peligrosidad. Estas incluyen:

  • Reducción de visitas íntimas
  • Restricciones en el ingreso de alimentos
  • Menor frecuencia de visitas familiares
  • Limitaciones en el acceso a llamadas telefónicas

Estas disposiciones, aunque diseñadas con fines de seguridad, han sido fuertemente cuestionadas por su impacto emocional, familiar y psicológico en personas que no necesariamente presentan una conducta riesgosa. Organismos defensores de derechos humanos han advertido que tales medidas pueden constituir una violación al derecho a la dignidad, al contacto con sus familias y al equilibrio emocional de los internos.

La respuesta de la Sala IV: cifras y resultados

Ante este panorama, 71 recursos de amparo fueron presentados por privados de libertad o sus representantes legales. Los resultados muestran la alta barrera legal para impugnar estas decisiones:

  • 50 fueron rechazados de inmediato
  • 13 se declararon sin mérito
  • 1 fue archivado
  • 4 permanecen en estudio
  • 3 tuvieron fallos parcialmente favorables, incluyendo el caso del interno trasladado desde el CAI Terrazas

Estos números reflejan que, aunque existe el recurso del amparo, muy pocos casos logran obtener respuestas judiciales efectivas que detengan o reviertan las decisiones administrativas del Ministerio de Justicia.

El equilibrio entre seguridad y derechos humanos

Este conflicto pone en evidencia un delicado equilibrio entre la necesidad del Estado de mantener el orden en los centros penitenciarios y el deber de garantizar los derechos constitucionales de las personas privadas de libertad.

Aunque las medidas adoptadas en La Reforma buscan prevenir actos violentos y reforzar la seguridad interna, expertos advierten que la falta de transparencia, la ausencia de procedimientos claros y el debilitamiento de derechos fundamentales pueden socavar la legitimidad del sistema penal y abrir la puerta a posibles abusos.

La sentencia de la Sala IV, aunque limitada en su alcance práctico, envía un mensaje claro: la privación de libertad no anula el derecho a la información, al debido proceso y al respeto por la dignidad humana.

¿Y ahora qué?

El Ministerio de Justicia ha guardado cautela frente a los fallos emitidos, aunque se espera que en las próximas semanas se tomen decisiones administrativas para cumplir con los lineamientos de la Sala.

Mientras tanto, los cuatro recursos que aún están en estudio podrían definir el rumbo de futuras acciones y servir de referencia para otros internos en situaciones similares. La atención está puesta no solo en los fallos, sino en si el Estado está dispuesto a reformar los mecanismos internos que permiten traslados sin supervisión judicial ni comunicación formal.

Este caso pone sobre la mesa una discusión fundamental: ¿puede un sistema penitenciario ser eficiente en control sin vulnerar los derechos humanos? En un país donde la Constitución garantiza el respeto a la dignidad incluso tras las rejas, la respuesta aún está en construcción.

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