El Gobierno de Costa Rica anunció una nueva medida migratoria que permitirá a miles de extranjeros acceder a un permiso temporal para permanecer y trabajar legalmente en el país. La disposición, impulsada por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), está dirigida a personas originarias de Nicaragua, Venezuela, Cuba y Colombia que mantienen procesos de refugio pendientes o cuyas solicitudes fueron rechazadas.
La iniciativa consiste en una “Categoría Especial Temporal Complementaria”, un mecanismo de protección con enfoque humanitario que comenzará a regir el 1.º de septiembre de 2026 y que busca ofrecer una alternativa de regularización a quienes han permanecido en territorio costarricense bajo incertidumbre migratoria.
De acuerdo con las autoridades, podrán aplicar quienes hayan presentado una solicitud de refugio entre el 1.º de junio de 2014 y el 7 de mayo de 2026, siempre que hayan permanecido de forma continua en Costa Rica desde ese momento y no cuenten con otro estatus migratorio aprobado o en trámite.
Entre los beneficios de esta nueva categoría destaca la posibilidad de trabajar legalmente en cualquier actividad remunerada, además de entrar y salir del país sin requerir permisos extraordinarios. No obstante, los solicitantes deberán cancelar un monto de 95 dólares, cubrir gastos administrativos y mantenerse asegurados ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) como condición obligatoria para conservar el permiso.
El estatus migratorio será otorgado inicialmente por dos años, aunque podrá renovarse indefinidamente por periodos iguales, siempre que la persona cumpla con las condiciones establecidas por Migración.
Sin embargo, el beneficio no será automático para todos. La DGME aclaró que quedarán excluidas aquellas personas con antecedentes por delitos dolosos durante la última década o quienes sean consideradas un riesgo para la seguridad pública. Además, el trámite será individual, por lo que no se extenderá de manera automática a familiares.
Las citas para presentar solicitudes estarán habilitadas desde el 1.º de septiembre de 2026 hasta el 1.º de septiembre de 2027. Los interesados deberán aportar documentación como certificación de nacimiento, antecedentes penales, identificación vigente, constancia de huellas dactilares y pruebas que demuestren permanencia continua en el país.
