Criterio de los Tribunales por polígrafo: “Es Humillante e inaceptable»

TRABAJO

¿Es legal usar el polígrafo en Costa Rica? Límites, prohibiciones y los riesgos para las empresas que lo imponen

Por Redacción

San José, Costa Rica — El uso del polígrafo, conocido popularmente como el «detector de mentiras», sigue generando intensos debates en el ámbito laboral costarricense. Aunque algunas organizaciones intentan implementarlo como filtro de contratación o control interno, la legislación del país y los tribunales de justicia mantienen una postura estricta para proteger la dignidad y los derechos fundamentales de los trabajadores.

A partir de las precisiones compartidas por el especialista Kendall Ruiz Jiménez en plataformas digitales, analizamos el marco legal vigente, las prohibiciones absolutas y las implicaciones jurídicas de esta herramienta.

El marco regulatorio: Exclusivo y voluntario

Contario a la creencia popular de que el polígrafo opera en un vacío legal, en Costa Rica sí existe una regulación específica, pero con un alcance sumamente limitado. Desde el año 2021 rige la Ley N° 9958 («Ley para regular el uso del polígrafo para determinar rasgos de confiabilidad en los cuerpos de policía y seguridad nacional»), la cual cuenta con su respectivo reglamento bajo el Decreto Ejecutivo 43734 [image_3.png].

No obstante, esta legislación aclara dos condiciones indispensables:

1 Sector específico: Está diseñada únicamente para los cuerpos de policía y las fuerzas de seguridad nacional .

2 Carácter no obligatorio: Incluso dentro de este sector de seguridad, la aplicación del examen psicofisiológico de polígrafo tiene un carácter estrictamente optativo y voluntario para el personal.

Prohibiciones rotundas: Lo que nunca se puede preguntar

Para aquellos casos excepcionales donde se aplique la prueba, la ley establece barreras infranqueables con el fin de evitar la discriminación o la vulneración de la intimidad. Queda rotundamente prohibida cualquier interrogante que verse sobre:

 Orientación sexual

 Preferencia de religión o culto

 Ideología política .

Protección laboral activa: La legislación costarricense determina de forma tajante que los resultados de una prueba de polígrafo no podrán ser utilizados como medio de coacción o reproche, ni tampoco pueden funcionar como sustento legal o causal para aplicar sanciones o proceder con un despido 

criterio de los Tribunales: «Humillante e inaceptable»

La jurisprudencia en Costa Rica ha sido sumamente agresiva a la hora de frenar los abusos con este dispositivo en el sector privado y laboral general:

 La Sala Segunda: A través de las resoluciones N° 01083 – 2010 y N° 00483 – 2004, este tribunal laboral reprochó el uso del detector de mentiras calificándolo de «humillante» .Los magistrados determinaron que su imposición obligatoria es inaceptable, dado que violenta de forma directa la dignidad humana y transgrede las garantías consagradas en los artículos 36 y 40 de la Constitución Política de Costa Rica [image_3.png].

 Tribunal Contencioso Administrativo: Por su parte, la Sección VI de este tribunal (mediante la Resolución N° 00129 – 2015) ratificó que la prueba anticipada del polígrafo u otras herramientas análogas como requisito de reclutamiento está prohibida y no permitida [image_4.png]. Esto significa que el blindaje legal protege al ciudadano no solo cuando ya es empleado, sino desde el momento en que aplica a un puesto de trabajo.

Requisitos obligatorios fijados por el Gobierno

Debido a las contingencias legales y laborales que puede acarrear (como demandas por daños morales o despidos injustificados), los expertos desaconsejan por completo el uso de esta herramienta en las dinámicas corporativas tradicionales

Si bajo los supuestos permitidos por el Gobierno se tuviese que realizar la prueba, se deben cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos:

 A) El evaluado debe ser estrictamente mayor de edad

 B) Debe haber leído y firmado un consentimiento informado

 C) El o la candidata debe encontrarse emocional, física y mentalmente apto

 D) Haber dormido adecuadamente antes de someterse al examen

 E) Haberse alimentado bien previo a la prueba

 F) No haber consumido drogas ilegales ni bebidas alcohólicas

En conclusión, el uso del polígrafo en el entorno laboral costarricense ordinario carece de validez legal para condicionar el empleo o el despido. Cualquier intento de imposición forzada abre las puertas a severas contingencias judiciales para los patronos por violación a la dignidad constitucional del trabajador 

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