Afirma que el estudio ambiental sí se contrató en su gestión, pero nunca aprobó el proyecto de inversión
San Carlos, Alajuela. – La ex alcaldesa de San Carlos, Karol Salas Vargas, salió al paso de las declaraciones emitidas recientemente por la administración municipal respecto al estado y los trámites del camino público 2-10-115, ubicado en el distrito de Venecia. En una declaración oficial, la ex mandataria aclaró su postura sobre los procesos administrativos y jurídicos que han marcado este caso.
Según detalló Salas, el estudio ambiental requerido para el trámite de viabilidad sí fue contratado y ejecutado durante su gestión al frente de la Municipalidad, pero puntualizó que nunca se aprobó el proyecto de inversión ni el financiamiento para la intervención del camino.
El rol del actual alcalde
La ex alcaldesa recordó que durante el periodo en que ella ejercía el cargo, el actual alcalde de San Carlos, Juan Diego González —quien en ese entonces se desempeñaba como regidor—, se manifestó a favor de la ejecución del proyecto. Esta postura, según la versión de Salas, generó una discusión interna sobre la viabilidad técnica y financiera de la obra, que finalmente no avanzó.
El marco jurídico y la sentencia judicial
El caso se ha mantenido en la agenda pública tras la resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante la Resolución N° 2023007583, del 31 de marzo de 2023, dentro del expediente 23-001527-0007-CO.
En dicho proceso, el Comité del Camino Público 2-10-115, representado por Roberto Alfonso Villegas Salas, interpuso un recurso de amparo alegando que la falta de mantenimiento de la vía afectaba el derecho a la propiedad, el acceso a servicios básicos y la seguridad de los pobladores, además de señalar que funcionarios del Ministerio de Ambiente y Energía habían restringido indebidamente el uso de las tierras privadas aledañas al Parque Nacional del Agua Juan Castro Blanco.
En su informe ante el tribunal, la ex alcaldesa Salas explicó que, si bien se iniciaron gestiones para obtener la viabilidad ambiental ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), el trámite se ha extendido debido a la complejidad del área protegida. Asimismo, señaló que el Concejo Municipal había tomado acuerdos en 2022 para solicitar la autorización correspondiente, pero que la ejecución de las obras dependía de la obtención de los permisos y la disponibilidad presupuestaria.
Lo que estableció la sentencia
La Sala Constitucional resolvió declarar parcialmente con lugar el recurso, ordenando a las autoridades municipales que en un plazo máximo de un año gestionen los permisos necesarios y ejecuten las obras de mantenimiento y mejora de la vía, cumpliendo con los requisitos ambientales. El tribunal reconoció que, aunque existen restricciones por la ubicación en zona protegida, la Municipalidad tiene la obligación constitucional de garantizar la accesibilidad y seguridad de la población.
Por su parte, la ex alcaldesa reafirmó que su administración cumplió con los trámites legales correspondientes, pero que la falta de aprobación del proyecto definitivo fue una decisión basada en criterios técnicos y presupuestarios, y no en una negativa injustificada.
Perspectivas del caso
Actualmente, el proceso continúa con el seguimiento de las gestiones municipales para cumplir con lo ordenado por la Sala Constitucional.
La intervención del camino municipal 2-10-115, en el sector de Alto Zopilote, responde al cumplimiento de una sentencia de la Sala Constitucional dictada durante la administración anterior.
Esta resolución ordenó a la Municipalidad gestionar la viabilidad ambiental ante SETENA para el tramo dentro del Parque Nacional del Agua Juan Castro Blanco y ejecutar las mejoras correspondientes. En 2024, bajo la gestión de la ex alcaldesa Karol Salas, se contrataron los estudios técnicos y ambientales, obteniéndose la Viabilidad Ambiental N° D1-0476-2024-SETENA que autorizó el proyecto.
Las obras fueron avaladas por la autoridad ambiental, por lo que la intervención no es una decisión discrecional de la actual administración, sino que se sustenta en una sentencia judicial, el acuerdo del Concejo Municipal y el cumplimiento de la normativa vigente.
La Municipalidad lamenta los actos de hostigamiento registrados durante la ejecución, entre ellos el intento de destruir y quemar la señalización. Reafirma su compromiso con el cumplimiento de la ley, la protección ambiental y el bienestar de la comunidad.

