PPSO abre Portillo para ratificar candidatos a alcaldes en los cantones

La reforma estatutaria aprobada por la Asamblea Nacional del PPSO plantea que alcaldes, regidores, síndicos y concejales sean escogidos inicialmente desde los cantones. Sin embargo, la Asamblea Nacional mantendría la potestad de ratificar las candidaturas. Los cambios aún deben ser revisados por el Tribunal Supremo de Elecciones.

San José, 1 de septiembre de 2026. El Partido Pueblo Soberano (PPSO) comenzó a definir las reglas con las que pretende enfrentar las elecciones municipales de 2028 y uno de los principales cambios propuestos apunta directamente a la forma en que se escogerán sus candidatos.

La Asamblea Nacional de la agrupación aprobó el pasado 23 de agosto una reforma estatutaria que modifica aspectos relacionados con la militancia, el padrón partidario, las estructuras internas, la paridad y, especialmente, la selección de candidaturas municipales.

El nuevo modelo coloca a las asambleas cantonales como protagonistas del proceso de escogencia, aunque la decisión final seguiría dependiendo de la ratificación de la Asamblea Nacional.

Los cantones escogerían a sus candidatos

De acuerdo con la reforma, las candidaturas municipales deberán surgir de la respectiva Asamblea Cantonal o de un mecanismo cantonal que previamente haya sido autorizado por la Asamblea Nacional.

La escogencia tendría que realizarse mediante voto secreto y abarcaría los principales puestos que estarán en disputa en las elecciones municipales:

  • Alcaldías y vicealcaldías.
  • Regidurías.
  • Sindicaturas.
  • Concejalías de distrito.
  • Intendencias y viceintendencias, cuando correspondan.
  • Concejalías municipales de distrito.

Las asambleas cantonales estarían conformadas por personas mayores de edad, electoras del cantón, afiliadas al partido y habilitadas dentro del padrón interno.

El diseño propuesto elimina además las asambleas distritales como una instancia previa dentro de este proceso.

La dirigencia cantonal no podría cambiar lo decidido

Uno de los puntos que podría generar mayor impacto dentro de la estructura partidaria es la limitación que se establece para los comités ejecutivos cantonales.

Según la reforma, estos órganos no tendrían facultades para elegir, sustituir, reordenar o modificar las candidaturas municipales que hayan sido escogidas mediante el mecanismo cantonal.

Su papel quedaría concentrado en labores de apoyo logístico, comunicación y coordinación territorial con el Tribunal de Elecciones Internas.

De esta manera, la propuesta busca evitar que una decisión adoptada por las bases cantonales pueda ser posteriormente modificada por la dirigencia ejecutiva local.

La Asamblea Nacional todavía tendrá la última palabra

Aunque el proceso arrancaría desde los cantones, estos no tendrían la decisión definitiva.

Las candidaturas escogidas deberán pasar posteriormente a la Asamblea Nacional del PPSO para su ratificación, también mediante voto secreto.

La reforma contempla que una candidatura pueda ser rechazada por razones legales o estatutarias, incumplimiento de las reglas de paridad, falta de elegibilidad, requisitos de formación, idoneidad o representatividad territorial.

También aparecen criterios más amplios, como la estrategia electoral, la conveniencia política y el interés superior del partido.

Si existe una primera negativa, el asunto tendría que regresar al cantón para que se presente una nueva propuesta o se insista en la candidatura original, siempre que los tiempos electorales lo permitan.

La designación directa por parte de la Asamblea Nacional quedaría para situaciones excepcionales, entre ellas una segunda no ratificación, la imposibilidad de volver a convocar al cantón o la necesidad urgente de sustituir a un candidato por renuncia, fallecimiento, inelegibilidad u otra causa prevista.

En esos casos deberá existir un informe previo del Tribunal de Elecciones Internas.

No cualquier afiliado podría aspirar

La reforma también endurece y ordena el camino para llegar a una candidatura.

El PPSO plantea diferentes categorías dentro de su estructura: afiliado, militante, militante activo y militante habilitado para postulación.

Solamente quienes alcancen esta última condición podrían presentar su nombre para competir por una candidatura.

Entre los requisitos para convertirse en militante figura haber completado el Módulo Básico de Formación Partidaria y mantener una afiliación continua de al menos seis meses.

Para ser habilitado como candidato también se exigirían requisitos específicos según el puesto, capacitaciones, documentación y condiciones relacionadas con responsabilidad ética, además de no estar suspendido o inhabilitado.

Sin embargo, para las elecciones municipales de 2028-2032 se contempla una excepción: por ser la primera aplicación del nuevo sistema, la Asamblea Nacional podría eliminar, por única vez, el requisito de los seis meses de afiliación, mediante disposiciones transitorias de aplicación general.

El padrón será determinante

Otro de los elementos que adquirirá especial importancia será el padrón interno.

El Tribunal de Elecciones Internas tendría a su cargo la elaboración, depuración y aprobación del padrón de cada cantón.

Una vez concluido el proceso de revisión y corrección, ese registro sería el único válido para determinar quiénes pueden participar y votar en las asambleas cantonales.

La reforma también contempla una etapa previa de actualización y empadronamiento para que los militantes puedan solicitar correcciones antes del cierre definitivo del padrón.

Paridad deberá definirse antes de la elección

El partido también deberá establecer previamente las reglas para garantizar la paridad horizontal y vertical, la alternancia y los encabezamientos de las diferentes nóminas.

Esas disposiciones tendrían que ser aprobadas y divulgadas antes de convocar el proceso municipal interno.

Una vez iniciado el proceso, las reglas no podrían modificarse, salvo las excepciones permitidas por la normativa electoral.

Además, cada convocatoria cantonal deberá especificar el sexo registral correspondiente al encabezamiento de las fórmulas o nóminas.

Así sería el camino hacia las municipales de 2028

De aprobarse definitivamente el nuevo esquema, el proceso tendría varias etapas.

Primero se definirían las reglas de paridad y encabezamientos. Posteriormente se renovarían las estructuras cantonales, el Tribunal de Elecciones Internas elaboraría los padrones y habilitaría las postulaciones.

Después vendría la escogencia de candidatos en cada cantón mediante voto secreto y, finalmente, las candidaturas pasarían a la Asamblea Nacional para su ratificación.

El modelo planteado por Pueblo Soberano establece así dos niveles de decisión: las bases cantonales tendrían la responsabilidad de proponer y escoger inicialmente a los candidatos, mientras que la Asamblea Nacional conservaría el poder de ratificar o rechazar esas postulaciones.

No obstante, la reforma todavía no puede considerarse una regla electoral definitiva.

Las modificaciones aprobadas por la Asamblea Nacional deberán pasar por el procedimiento correspondiente ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y el Registro Electoral, que determinarán su conformidad con la legislación electoral.

El resultado de esa revisión será determinante para saber cuáles de las nuevas reglas podrán aplicarse finalmente en la carrera de Pueblo Soberano hacia las elecciones municipales de 2028.