Auditoría detectó falta de criterios para seleccionar medios de comunicación, deficiencias en la contratación de servicios artísticos y fallas en los controles de proveedores. Alcalde Juan Diego González deberá aplicar medidas correctivas.
La Municipalidad de San Carlos enfrenta nuevos cuestionamientos sobre la forma en que administra las contrataciones públicas, luego de que la Contraloría General de la República (CGR) identificara deficiencias en procedimientos relacionados con publicidad institucional, servicios artísticos, capacitaciones y reparaciones.
Los hallazgos forman parte del informe DFOE-LOC-IAD-00008-2026, emitido el 20 de octubre de 2026, tras examinar una muestra de 48 procedimientos de contratación por excepción realizados durante 2024 y 2025, con un monto adjudicado de ?103,94 millones.
Uno de los aspectos que llama la atención es la contratación de medios de comunicación para publicidad municipal. Según la auditoría, en cuatro procedimientos no se documentaron los criterios utilizados para seleccionar los medios, tomando en cuenta el público al que se pretendía llegar, las necesidades institucionales y los costos.
La ausencia de estos elementos dificulta comprobar por qué se eligieron determinados medios y cuáles factores justificaron la distribución de los recursos destinados a la comunicación institucional.
El informe no concluye que existiera favoritismo político, pagos irregulares o beneficios indebidos para empresas específicas. El señalamiento de la Contraloría se concentra en la falta de documentación que permita verificar cómo se tomaron las decisiones.
Servicios artísticos y capacitaciones bajo cuestionamiento
La auditoría también identificó problemas en dos contrataciones relacionadas con servicios artísticos y culturales.
En esos expedientes, la Municipalidad no justificó suficientemente la selección de los artistas ni acreditó las características particulares que impedían recurrir a un registro de proveedores previamente calificados. Tampoco incorporó análisis que respaldaran la razonabilidad de los precios.
Otro caso corresponde a una capacitación denominada «Ambiente Organizacional». En este procedimiento, los auditores no encontraron documentación que demostrara que la actividad estaba abierta al público, como requería la excepción utilizada, ni las razones por las cuales la alternativa seleccionada era la más conveniente.
Estas observaciones ponen sobre la mesa la necesidad de que las instituciones públicas justifiquen adecuadamente las contrataciones excepcionales y documenten por qué seleccionan a determinados proveedores para prestar servicios financiados con fondos públicos.
Catorce procedimientos de reparaciones sin suficiente justificación
Las deficiencias también alcanzaron 14 procedimientos de reparaciones indeterminadas.
En estos casos, la Municipalidad no acreditó que careciera de un registro de talleres o proveedores previamente seleccionados mediante licitación, situación que debilita la justificación para recurrir a la modalidad excepcional.
La contratación pública exige que las instituciones documenten las circunstancias que permiten utilizar estos mecanismos, así como las razones por las cuales resultan procedentes. No basta con tramitar una compra: también debe quedar constancia de que se cumplieron los requisitos legales correspondientes.
Contratos registrados por ?1 y ?5
Otro aspecto señalado por la Contraloría involucra dos contrataciones bajo la modalidad de entrega según demanda, registradas en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) con montos de ?1 y ?5.
La Proveeduría Municipal explicó que esas cifras eran montos instrumentales utilizados para configurar las líneas de contratación dentro del sistema y que no representaban el valor económico real de los servicios.
Sin embargo, el órgano contralor concluyó que esa práctica no se ajustaba a las disposiciones de la Ley General de Contratación Pública relacionadas con la estimación del monto de las contrataciones.
El señalamiento pone de relieve la importancia de que la información registrada en los sistemas oficiales permita identificar y controlar adecuadamente las obligaciones económicas de las instituciones públicas.
Una auditoría que detectó fallas generalizadas
Los cuestionamientos anteriores forman parte de una revisión más amplia. Durante 2024 y 2025, la Municipalidad de San Carlos tramitó 211 procedimientos de contratación por excepción, por un monto total de ?488 millones.
La Contraloría seleccionó 48 expedientes para su análisis y determinó que en el 100% faltaban estudios de mercado y análisis documentados que acreditaran la razonabilidad de los precios.
Además, en ninguno de los expedientes examinados se documentaron adecuadamente los motivos financieros y legales de las decisiones iniciales de contratación.
En materia de proveedores únicos, la Municipalidad tramitó 107 procedimientos por ?321,47 millones. De los 27 expedientes de esta categoría revisados por la Contraloría, 21 incumplieron el plazo mínimo de tres días hábiles para comprobar si existían otros proveedores capaces de ofrecer los bienes o servicios requeridos.
A esto se sumaron deficiencias en las declaraciones juradas destinadas a verificar que los proveedores no estuvieran sujetos a prohibiciones legales para contratar con la Administración.
En 34 de los 48 expedientes auditados, equivalentes a más del 70%, las cuatro declaraciones exigidas por la Municipalidad no estaban completas. En seis casos no se encontró ninguna de ellas, mientras que en otros 28 solamente se incorporaron algunas.
Alcalde deberá ejecutar medidas correctivas
Ante los hallazgos, la Contraloría giró tres disposiciones de acatamiento obligatorio al alcalde de San Carlos, Juan Diego González Picado, o a quien ocupe el cargo.
Las medidas incluyen fortalecer la gestión de las contrataciones por excepción, actualizar los mecanismos de control interno, mejorar la administración de riesgos, capacitar al personal y vincular las compras con la planificación municipal.
También se ordenó elaborar e implementar un plan de mantenimiento y sustitución de bienes para anticipar las necesidades institucionales y mejorar la planificación de las adquisiciones.
Los plazos para cumplir las disposiciones se extienden entre enero y junio de 2027.
Aunque los hallazgos no constituyen por sí mismos una declaración de corrupción ni demuestran que todas las contrataciones examinadas ocasionaran pérdidas económicas, sí evidencian debilidades que la Municipalidad debe corregir.
La principal interrogante es si el gobierno local podrá demostrar, mediante controles efectivos y documentación verificable, que las contrataciones municipales responden al interés público y que los recursos de los contribuyentes se administran con transparencia, planificación y apego a la ley.
