Derecho de respuesta.
En relación al derecho de respuesta, que me otorga su estimado medio de comunicación, es un placer y satisfacción saber que mi honor y el de mi familia se ha dignificado, ya que a través de su publicación de su medio el día 13 de enero de 2020, donde dicha publicación se fundamentaba en datos inexactos e impreciso aportados por su fuente informativa.
Realizando su labor periodística investigativa se logró constatar que tras cuatro sentencias en el ámbito administrativo la Municipalidad de San Carlos determinó que a mi persona y familia se encuentra a derecho y no hemos infringido ninguna norma que regule los caminos vecinales, como se logra apreciar en el plano.
Lastimosamente el señor Omar Morales, vecino de Buenos Aires y candidato para la vicealcalde para la Municipalidad de San Carlos, DESCONOCE y SIGUE DESCONOCIENDO, lamentablemente lo dictado por el Tribunal Contencioso Administrativo, donde le indica claramente a la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires que se le rechaza las acciones interpuesta mediante el fallo del amparo de legalidad que había interpuesto la misma Asociación de Desarrollo.
Es lamentable que un pensamiento que no reconoce los fallos de nuestros tribunales, en un país de derecho, aspire a ser miembro de la Municipalidad de nuestro cantón.
Nosotros Carlos Eduardo Torres Soto, y mi señora esposa Marianela Morera Villalobos, lamentamos como la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires se enfrente al Estado de Derecho , mancillando nuestro honor , nuestra imagen y nuestra dignidad como persona, como familia y aún más como ciudadanos comprometido con el desarrollo honesto y transparente de nuestra comunidad sancarleña.
Una vez más triunfa el honor, el compromiso social y la lucha por mejorar nuestro diario vivir por eso nos sentimos orgullosos que este mismo medio restituya nuestro honor y dignidad dejando claro y concreto que no hemos faltado a la legalidad, aunque algunas personas como don Omar Morales, opinen diferente sin reconocer los fallos de los tribunales del Contencioso Administrativo como se dice en la sentencia. 18-002150-1027-Ca-3 según resolución número 885-2019 del 05 de abril de 2019.
Proceso: Amparo de Legalidad
Actora: Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires de Venecia, San Carlos, Alajuela.
Demanda: Municipalidad de San Carlos.
Resolución Tribunales