Más de 400 empleados de la Municipalidad de San Carlos se recetan aumento salarial en plena crisis

Más de 400 empleados municipio sancarleño se recetaron un aumento de salario que occila entre 7 a 8 mil colones mensuales , de acuerdo a lo que devenga cada empleado.

El aumento se da luego de una negociación hecha entre el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de San Carlos (SITRAMUSCA) y el al alcalde Alfredo Córdoba.

Según Juan Gabriel López Calvo miembro del sindicato este aumento corresponde a un acuerdo que habían logrado en el año 2019 y a principios de este año negociaron con el alcalde que dicho aumento se haría a final de año, para no afectar las finanzas del municipio debido a a la situación de pandemia.

El incremento salarial se da luego de un decreto hecho por el gobierno en plena pandemia de no hacer aumentos de salarios por este año en el sector público, pero la autonomía municipal le permite aplicar el aumento pese al decreto.

Calvo dijo que el aumento se logró gracias a las buenas relaciones que existen con el alcalde Alfredo Córdoba.

Según juan Gabriel, el incremento es muy merecido, por la buen gestión y labor realizada por los empleados de la Municipalidad de San Carlos, municipio número uno a nivel país en gestión.

Para el exregidor Nelson Ugalde el aumento salarial logrado por acuerdo de la convención colectivia es legal.

Detalló que lo que vio mal es el hecho que la convención colectiva llegara a un acuerdo en donde la aprobación del Concejo Municipal no era relevante, luego del acuerdo con el alcalde. Asegura que en las actas anteriores se acordó que fuera el Concejo Municipal el que al final aprobara o desabrobara el acuerdo de aumento salarial negociado entre el alcalde, y donde no significa que este el mal el aumento.

El tema aquí es que es la forma como se hizo, sin tomar en cuenta la valoración del concejo en donde la aprobación no era relevante. Detalló que una validación por el Concejo sirve para darle legalidad a ese proceso, esto pese a que el acuerdo fue aprobado por los regidores el viernes pasado sin tener claro la forma comos se hizo.

El pasado 22 de abril, el diario oficial La Gaceta publicó la convención colectiva de trabajo entre la Municipalidad de San Carlos y el sindicato de trabajadores (SITRAMUSCA).

El acuerdo, había estado envuelta en una controversia en meses anteriores durante su negociación. Y es que dicho acuerdo sobrepasa los derechos y beneficios que se amparan en el Código de Trabajo y Código Municipal

Dentro de uno de los puntos que exceden al mismo código municipal, está el tema de las vacaciones. En específico en el artículo N°39, que dice lo siguiente; “Las vacaciones de los trabajadores de la municipalidad de San Carlos se fijarán de acuerdo a la siguiente escala, según el Artículo 146 del Código Municipal:

a) De 50 semanas a 3 años y 50 semanas de servicios prestados: Quince días hábiles.
b) A los 4 años y 50 semanas de servicios prestados: Veinte días hábiles.
c) De 5 años y 50 semanas a 8 años y 50 semanas de servicios prestados: Veintidós días hábiles.
d) De 9 años y 50 semanas de servicios prestados: Treinta días hábiles.”

Otro de los puntos controversiales de la convención colectiva, es el articulo N° 14 en su punto “B”, como se dice en la siguiente cita:

“Artículo N º 14:

b) La Municipalidad concederá a los funcionarios municipales en forma gratuita el acarreo de agregados, en el caso de construcción o mejoras de su vivienda cuando realicen el trámite correspondiente ante SITRAMUSCA, trasladándose la solicitud a la Administración, este beneficio se podrá disfrutar máximo una vez al año.”

Así mismo en el punto “D”, se le otorga al empleado municipal la exoneración por permisos de construcción según el monto de su salario.

Asimismo, la convención colectiva obliga a la Municipalidad de San Carlos a destinar en su presupuesto ordinario siete salarios base, con el objetivo de adquisición de cuadernos para los trabajadores municipales, a pesar que la Municipalidad está obligada a cancelar a sus trabajadores (as) en los primeros 15 días del mes de enero el rubro por concepto de salario escolar, pero el siguiente articulo estipula la compra de útiles;

“Artículo N º 19:
La Municipalidad destinará anualmente en su presupuesto ordinario la suma de siete salarios base para la adquisición de cuadernos escolares para los trabajadores (as) que así lo requieran.”