El jueves 31 de diciembre. No podrán circular vehículos después de las 7:00 p.m., salvo excepciones.
• El viernes 1°; sábado 2 y el domingo 3 de enero: La restricción vehicular sanitaria será de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.•
Durante las dos primeras semanas de enero (del lunes 4 al domingo 17 de enero) se dará una reducción en el aforo de bares y casinos al 25%, los parques nacionales podrán funcionar con un aforo de 50%, y las playas se habilitan únicamente de 5:00 am a 2:30 pm.• A partir del 9 de enero y durante los restantes fines de semana del mes podrán circular los sábados placas pares y domingo placas impares.• Conozca las alertas en su cantón para aplanar la curva de contagio de la COVID-19 en presidencia.go.cr/alertas.
En el marco del fin y principio de año y ante la situación de emergencia nacional que enfrenta el país a causa de la pandemia provocada por el SARS-CoV-2, el Gobierno de la República detalló el cronograma de medidas sanitarias que regirán para todo el país por igual.
El jueves 31 de diciembre. No podrán circular vehículos después de las 7:00 p.m., salvo excepciones. (Ver imagen adjunta). Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas (todas menos 7 y 8). Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público a partir de las 7:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. Se mantendrán la lista de excepciones (supermercados, centros médicos, servicio a domicilio, hoteles, entre otros). Se adjunta la lista de excepciones.
El viernes 1°; sábado 2 y el domingo 3 de enero: No podrán circular vehículos después de las 8:00 p.m., salvo excepciones. (Ver imagen adjunta). Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas (todas menos 9 y 0 el día viernes). Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público a partir de las 8:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. Se mantendrán la lista de excepciones (supermercados, centros médicos, servicio a domicilio, hoteles, entre otros). Se adjunta la lista de excepciones.
Medidas enero: Del 04 al 17 de enero
Durante las dos primeras semanas de enero (del lunes 4 al domingo 17 de enero) se dará una reducción en el aforo de bares y casinos al 25%, los parques nacionales podrán funcionar con un aforo de 50%, y las playas se habilitan únicamente de 5:00 am a 2:30 pm.
Desde el 04 de enero y durante todo el mes, se mantiene el horario de restricción vehicular; tal y como ha estado funcionando durante el mes de diciembre: de lunes a viernes hasta las 10:00 p.m. y sábados y -domingos hasta las 9:00 p.m.
A partir del 9 de enero y durante los restantes fines de semana del mes podrán circular los sábados únicamente placas pares y domingo las placasimpares.
La información fue dada a conocer en conferencia de prensa por el presidente de la República, Carlos Alvarado, junto con los ministros de Salud, Daniel Salas; Seguridad Pública, Michael Soto, y el presidente de la Comisión Nacional de Emergencia (CNE), Alexander Solís y el presidente de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Román Macaya.
Las características epidemiológicas de la enfermedad requieren que el sistema de salud, la institucionalidad y toda la población tomen medidas radicales para prevenir la rápida transmisión de casos y evitar la sobrecarga de los servicios de salud en las próximas semanas y que esto incida en un aumento en la mortalidad de la enfermedad en Costa Rica.
El ministerio de Comunicación pone a disposición de la ciudadanía el sitio presidencia.go.cr/alertas para conocer las alertas en su cantón y de esta forma aplanar la curva de contagio de la COVID-19.