Proyecto que avala publicidad de bebidas alcohólicas en eventos deportivos avanza en Comisión de Económicos

DescripcioDiputados de la Comisión de Económicos conocieron 26 mociones vía artículo 137 del Expediente 21745 Ley de Autorización para el Patrocinio de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Deporte y Creación del Fondo Nacional para el Deporte de Alto Rendimiento, correspondientes al segundo día.

Se aprobaron 5 mociones.
Detalle Diputados de la Comisión de Económicos conocieron 26 mociones vía artículo 137 del Expediente 21745 Ley de Autorización para el Patrocinio de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Deporte y Creación del Fondo Nacional para el Deporte de Alto Rendimiento, correspondientes al segundo día. Se aprobaron 5 mociones.

Las más importantes: La N.1 “Se permite la publicidad de bebidas con contenido alcohólico en todo tipo de deporte, por parte de las empresas públicas o privadas productoras, comercializadoras o distribuidoras de estas bebidas con contenido alcohólico, a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte a través de la figura del patrocinio deportivo.

Este patrocinio podrá ser utilizado por las marcas o los nombres de bebidas con contenido alcohólico, en publicidad relacionada con el deporte, así como en vallas publicitarias en los estadios y gimnasios, rotulación de uniformes, medios de transporte utilizados para competencias y artículos deportivos de todo equipo, asociación, federación, comité olímpico, liga deportiva o comité cantonal de deportes.

Se prohíbe la utilización de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico en uniformes deportivos de ligas menores.

Estos recursos serán depositados en las cuentas del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (lcoder); serán administrados mediante una cuenta separada; el lcoder, quince días hábiles después de recibir los recursos los trasladará y distribuirá de la siguiente forma:

El cinco por ciento (5% al Comité Olímpico de Costa Rica. El uno por ciento (1%) a los comités cantonales de deporte.

El uno por ciento (1%) al Comité Paraolímpico Nacional. El uno por ciento (1%) al lcoder, para la elaboración y ejecución de acciones destinadas a prevenir la violencia intrafamiliar; para el diseño de estas acciones el Icoder deberá coordinar con el Instituto Nacional de la Mujer (lnamu), el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam)”. La N. 2

“El patrocinador deberá obtener el permiso para el patrocinio ante el Ministerio de Salud, para lo cual deberá encontrarse al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Instituto Mixto de Ayuda Social, el Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y en el pago de sus tributos ante El Ministerio de Hacienda». El diputado Erwen Masís propuso que el porcentaje del impuesto sea del 6% y no 8 por que considera es muy alto.

Pero no fue aprobada la moción. El diputado Roberto Thompson proponente del proyecto estima que esos dos puntos significan mucho para los gastos que tienen los atletas contrastados con los pocos ingresos.

El diputado Erick Rodríguez dice que no debe aprobarse más impuestos. Esta iniciativa busca generar recursos para que sean destinados exclusivamente para la adquisición, contratación de bienes y servicios destinados al equipamiento y logística de los deportistas que participen en el ciclo olímpico.

Además, la comisión dictaminó negativamente los siguientes proyectos -21162 Ley de Creación de una Carga Parafiscal a las Cooperativas para Reformar el Combate de la Pobreza y Pobreza Extrema. -21209 Mejora de la Gestión Cobratoria del Ministerio de Hacienda -21225 Autorización a la CCSS, al IMAS y el Banco Popular para que condone la deuda de la Asociación Obras del Espíritu Santo. -21325 Ley del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria -21910.

Fortalecimiento del Subsidio Temporal de Empleo para Atender la Emergencia Nacional por el Covid-19 -21855. Ley Especial para Suspensión de pago de Créditos Hipotecarios y Prendarios por Emergencia Nacional del Covid-19. -22108. Ley de Incentivos para la Sobrevivencia de Negocios y Promoción de la Formalidad ante el Covid-19