- A partir del 16 y hasta el 31 de octubre la restricción vehicular sanitaria será de 10 p.m. a 5 a.m. de lunes a domingo y los establecimientos podrán operar hasta igual hora.
- Si la evolución de la pandemia lo permite, durante noviembre la restricción vehicular sanitaria será a partir de las 11 p.m. y se eliminaría la restricción diurna en todo el país, con excepción del anillo de circunvalación.
- Además, a partir del 15 de noviembre se eliminaría la restricción diurna de los fines de semana.
- A partir de diciembre el ingreso a establecimientos como restaurantes, bares, tiendas, gimnasios, hoteles, entre otros, será para personas con esquema de vacunación completo; su verificación se efectuará a través de un código QR de vacunación.
- Si las condiciones epidemiológicas lo posibilitan, entre noviembre y diciembre se aumentarían de forma gradual los aforos en comercios, transporte y turismo.
- En noviembre y diciembre los turistas que ingresen al país con esquema de vacunación completo no deberán presentar póliza médica.
- Según la evolución de la pandemia las actividades deportivas y culturales permitirán entre noviembre y diciembre un mayor ingreso de personas, privilegiando aforos con personas con el esquema de vacunación completo.
- En diciembre se habilitarían los deportes en vía pública, así como autorizaría el funcionamiento del Parque Diversiones, y el horario de playas pasará a las 11:00p.m.
Con el objetivo de generar una mayor reactivación económica en el país, el Gobierno realizará una flexibilización responsable y gradual en las restricciones sanitarias para los últimos meses de este 2021 con una ampliación de la circulación vehicular, ampliación de aforos, especialmente para personas con esquema de vacunación completo, y permiso para el desarrollo de más actividades.
Octubre:
- Restricción vehicular sanitaria.
Del sábado 16 y hasta el 31 de octubre, se disminuirá la restricción nocturna de 5:00 a.m. a 10:00 p.m. de lunes a domingo en todo el país. No podrán circular las siguientes placas, salvo la lista de excepciones:
Placas | |
Lunes | 1 y 2 |
Martes | 3 y 4 |
Miércoles | 5 y 6 |
Jueves | 7 y 8 |
Viernes | 9 y 0 |
Fines de semana | 50/50 por placas pares e impares |
- Regulación de establecimientos:
Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público podrán funcionar de lunes a domingo entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m., en concordancia con la restricción vehicular.
Se mantienen los aforos anunciados desde hace semanas para el mes de octubre.
Noviembre:
- Restricción vehicular sanitaria:
Si la evolución de la pandemia lo permite el horario de circulación vehicular de lunes a domingo se ampliaría hasta las 11:00 p.m. y se eliminaría la restricción vehicular sanitaria diurna por placas en todo el territorio nacional, a excepción del área conocida como anillo de circunvalación.
A partir del lunes 15 de noviembre se eliminaría la restricción vehicular de los fines de semana en todo el país, permitiendo con esto que placas pares e impares puedan circular sábado y domingo.
Placas | |
Lunes | 1 y 2 |
Martes | 3 y 4 |
Miércoles | 5 y 6 |
Jueves | 7 y 8 |
Viernes | 9 y 0 |
Fines de semana del 6 y 7 – 13 y 14 | 50/50 por placas pares e impares |
Se ampliaría el aforo en los siguientes medios de transporte:
- Trenes: Aforo de pie según tipo de vagón (Apolo 29 personas, convencional 9 personas y nuevas unidades con 102 personas).
- Buses: 15 personas de pie.
- Regulación de establecimientos:
Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, podrían abrir de lunes a domingo hasta las 11:00 p.m., según el horario de restricción vehicular.
Se ampliarían los aforos en los siguientes establecimientos o actividades:
- Eventos sociales: 100 personas (sin esquema vacunación) ó 200 personas con esquema de vacunación completo.
- Eventos académicos, empresariales e iglesias: 500 personas.
- Plan piloto cultura en Parque Viva, 06 de noviembre: 2500 personas con esquema de vacunación completo.
- Bares, restaurantes, casinos y tiendas: 50% de aforo
- Hoteles más 100 habitaciones: 100% aforo. Áreas comunes en 50%.
- Playas: Se amplía el horario de las playas, las cuales podrán abrir de lunes a domingo de 5:00 a.m. a 8:00pm.
- A PARTIR DEL 15 DE NOVIEMBRE: Actividades deportivas y culturales en establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento (PSF): aforo 25% de la capacidad total con esquema de vacunación completo.
Los turistas que deseen ingresar al país y que cuenten con el esquema de vacunación completo podrán hacerlo .
Diciembre:
- Restricción vehicular:
De acuerdo con la evolución epidemiológica, el horario de circulación vehicular de lunes a domingo regiría de 5:00a.m a 11:00 p.m. y la restricción vehicular sanitaria por placas entre semana sería solo en el área conocida como anillo de circunvalación. Salvo la lista de excepciones, en dicho anillo no circularían:
Placas | |
Lunes | 1 y 2 |
Martes | 3 y 4 |
Miércoles | 5 y 6 |
Jueves | 7 y 8 |
Viernes | 9 y 0 |
- Se ampliaría el aforo en busesque podrían trasladar hasta20 personas de pie.
- Restricción de establecimientos:
Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, podrían abrir de lunes a domingo hasta las 11:00 p.m., según el horario de restricción vehicular.
- Eventos sociales: 200 personas con esquema vacunación completo.
- Actividades deportivas, culturales, académicas y de culto, en establecimientos con PSF: 30% de la capacidad total o máximo de 500 personas manteniendo distanciamiento y uso de mascarilla, con esquema de vacunación completo.
- Activación de eventos con autorizaciones sanitarias: En espacios que permitan control de aforo, máximo 25% de capacidad total.
- Se autorizaría funcionamiento del Parque Diversiones, con aforo 50% (5000 personas) y cumplimiento de protocolo específico.
- Bares, restaurantes, tiendas y casinos: 75% de aforo, con esquema de vacunación completo.
- Se habilitaría la opción de realizar actividades deportivas en vía pública.
Código QR para ingresar a establecimientos
A partir del 1° de diciembre será obligatorio mostrar el código QR de certificado de vacunación COVID-19 para ingresar a los siguientes establecimientos:
- Restaurantes, sodas, cafeterías y plazas de comidas (food trucks, food courts).
- Bares y casinos.
- Tiendas en general, tiendas por departamento y centros comerciales.
- Museos.
- Centros de acondicionamiento físico.
- Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento.
- Balnearios.
- Actividades, organizaciones o congregaciones en sitios de adoración.
- Salas de eventos para actividades empresariales, académicas o sociales.
- Turismo de aventura.
- Teatros, cines, academias de arte y baile, y establecimientos de actividades artísticas.
- Establecimientos de actividades deportivas.
El código QR se empleará para fortalecer y agilizar la verificación del estado de vacunación COVID-19. Importante indicar que no requiere internet y que se utiliza con App gratuito que se pondrá a disposición de las personas. La presentación de este código se podrá hacer tanto en formato digital como impreso. A partir de noviembre se podrá descargar por medio del sitio https://usuarios.ministeriodesalud.go.cr