Presentado proyecto de ley para apoyar a sectores más afectados por alzas en gasolina y diésel

  • Gobierno propone otorgar crédito fiscal para deducir del Impuesto de la Renta un máximo de entre ¢78,15 y ¢92,4 por cada litro de gasolina o diésel como mecanismo de compensación para el sector productivo, de transporte público y de transporte de carga.
  • Se reduciría el margen operativo de RECOPE por medio de una disminución del 80% del monto correspondiente a “Rédito para el Desarrollo”, así como un 25% en el margen de ganancias de los sectores que se dedican a la venta y transporte de combustibles.
  • Propone dejar sin efecto la actualización de precios solicitada por RECOPE el 11 de marzo del 2022; entidad tendría que presentar una nueva solicitud, que sería menor.
  • Asimismo, se autorizaría al MAG ¢1.095 millones adicionales en su presupuesto para apoyar agricultores con iniciativas para la producción de semillas y con fertilizantes.

Con el propósito de atenuar el golpe de las alzas de los combustibles, el Gobierno presentó este viernes el proyecto de ley (expediente N.° 22.966) que establece un crédito fiscal para los sectores de transporte público, el transporte de carga y las actividades agrícolas, como un mecanismo de compensación en su consumo de gasolina o diésel.

Además, se autorizaría al Ministerio de Agricultura y Ganadería para que pueda presupuestar ¢1.095 millones adicionales para que apoye a las y los agricultores desarrollando dos proyectos relacionados con la producción de semillas y de bioinsumos como alternativa a los fertilizantes. Debido a esto se exceptuaría al MAG de la aplicación de la Regla Fiscal establecida en la Ley N.° 9635, con la finalidad de lograr este apoyo al sector agropecuario.

De esta forma, el Gobierno avanza con las acciones que dio a conocer el lunes en un plan para defender economía ante los fuertes impactos por el ataque de Rusia a Ucrania, durante una reunión con las jefaturas de fracción en la Asamblea Legislativa. Son medidas del Poder Ejecutivo para atenuar esos golpes, las cuales a la vez se realizan con la responsabilidad y la prudencia fiscal necesaria para preservar los logros de consolidación fiscal que Costa Rica ha venido desarrollando.

El mencionado crédito fiscal para los sectores más afectados por los incrementos en los combustibles consiste en la deducción del impuesto sobre la renta de un máximo de entre ¢78,15 y ¢92,4 por cada litro de gasolina o diésel adquirido. Esta medida se podrá aplicar durante tres meses a partir del primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario oficial La Gaceta.

En el proyecto se modifica también la forma como se realiza el ajuste al precio de los combustibles durante tres meses y se plantea una serie de medidas para bajar el precio final: la reducción de costos de operación de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), la utilización de los precios efectivamente pagados por RECOPE por los combustibles y la reducción del margen de ganancias en su comercialización y transporte.           

“Instamos a las diputadas y los diputados a que apoyen con su voto estas acciones que van en beneficio de todas y todos los costarricenses”, aseguró Elian Villegas, ministro de Hacienda.

En detalle. El Poder Ejecutivo busca neutralizar el impacto dado en las últimas semanas ante la crisis generada por el ataque de Rusia a Ucrania apoyando a los sectores más afectados.

Crédito fiscal temporal. El Gobierno propone una deducción temporal del impuesto sobre la renta a partir de cada litro de gasolina o diésel consumido. Es decir, los sectores de transporte de carga, transporte remunerado de personas (incluye taxis y autobuses) y de actividades agrícolas (pequeño y mediano productor agropecuario) podrán reducir su pago por impuesto sobre la renta por un máximo de entre ¢78,15 y ¢92,40 por cada litro de gasolina o diésel consumido.

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Tipo de combustible por litro Suma máxima a deducir en colones (¢) por litro  
Gasolina regular ? 78,15 colones   
Gasolina súper ? 81,75 colones 
Diésel ? 92,40 colones 

Estos sectores deberán llevar un registro de compras y contar con el respaldo respectivo en factura electrónica. Si se genera un saldo a favor de la persona contribuyente, dicho saldo no podrá ser objeto de compensación ni dará derecho a devolución alguna y será de uso personal e intransferible, solamente podrá ser utilizado por la persona física o jurídica a nombre de quien se emita la respectiva factura electrónica.

Cálculo de precios y tarifas del combustible. La ARESEP considerará los precios de importación efectivamente pagados por RECOPE. Solo en caso de que estos precios no estén disponibles, se utilizarán los precios de referencia u otras fuentes confiables. 

Reducción de ingresos de RECOPE. Se reduciría en un 80% el monto correspondiente a “Rédito para el Desarrollo”, en el margen operativo de RECOPE. Durante la vigencia de esta ley RECOPE no podrá incorporar elementos que incidan en la fórmula de su margen operativo en detrimento de lo estipulado anteriormente.

Reducción de margen en comercialización y transportes. De manera temporal, los sectores que se dedican a la venta y transporte de combustibles reducirían en un 25% su margen.

Reducir actual petición de aumento. El proyecto propone dejar sin efecto la actualización de precios solicitada por RECOPE el día 11 de marzo del 2022. Debido a esto, RECOPE tendría que presentar una nueva actualización de precios ante la ARESEP dentro de los 5 días siguientes a que la ley entre en vigencia. Para lograr esto, sin embargo, es necesario que la ley se apruebe con sentido de urgencia y que entre en vigencia antes de que ARESEP haya aprobado la solicitud presentada. Esto porque mientras no se haya hecho ese cambio legal, ARESEP tendría que continuar con el trámite de la solicitud existente.

En la propuesta se detalla que el Poder Ejecutivo podrá valorar al finalizar los tres meses de aplicación de la ley si es necesario de una prórroga por un período adicional, que no podrá exceder un máximo de tres meses.

Este proyecto de ley complementa otras acciones que está impulsando el Poder Ejecutivo como el proyecto de ley para la suspensión del mecanismo de indexación del impuesto único a los combustibles, por un plazo de 12 meses, para que no aumente (variaciones a la baja sí se permitirían) y un paquete de medidas urgentes para atender los efectos del conflicto bélico en los precios de insumos agropecuarios.

Asimismo, se ha solicitado a la Asamblea Legislativa la aprobación urgente de tres proyecto de ley complementarios: el expediente 22.027 para la  eliminación del aporte de RECOPE al fondo de ahorro y garantía de los trabajadores con el fin de reducir costos administrativos, y que esto contribuya al control del precio de los hidrocarburos;  y los expedientes 22.830, para la aprobación del préstamo para Políticas de desarrollo para la gestión fiscal y descarbonización entre la Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), y el 22.831, para la aprobación del préstamo que financiará el programa de apoyo presupuestario basado en políticas para implementar la trayectoria sostenible e inclusiva, suscrito entre Costa Rica y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD). Estos dos últimos permitirían aliviar la presión del tipo de cambio con respecto al dólar, el cual afecta directamente el precio de los combustibles.