Sala Cuarta reitera que 44 alcaldes incluido el ex alcalde sancarleño Córdoba no podrá reelegirse en el 2024

La Sala Constitucional, declaró sin lugar tres acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 10.183 que limita la reelección indefinida de las autoridades locales, detalló el medio Delfino.

Por mayoría de votos,  voto 2022-029648, el Tribunal Constitucional declaró sin lugar los reclamos por supuestos vicios de procedimiento y de fondo formulados por varios alcaldes entre ellos el alcalde San Carlos Alfredo Córdoba, Jacobo Guillén de los Chiles y Ilse Gutiérrez de Guatuso y Pedro Rojas de Sarapiquí, todos le Partido Liberación Nacional (PLN)  

Los reclamos fueron puestos por la  Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias de Costa Rica (ANAI); Federación de Concejos Municipales de Distrito.

La Sala Constitucional interpretó el artículo 97 de la Constitución Política en el sentido de que esa restricción para legislar hacia el Congreso se ejecuta solo para legislación que pudiera aplicarse en el proceso electoral en curso. De este modo, el Congreso no puede realizar reformas electorales municipales objetadas por el TSE cuando se esté dentro de periodo electoral para renovar los gobiernos locales; y no puede hacer reformas electorales nacionales objetadas por el TSE cuando se esté dentro de periodo electoral para renovar el Ejecutivo y la Asamblea, detalla el medio Delfino.

El magistrado Fernando Cruz Castro y la magistrada Rosibel Jara Velázquez salvaron parcialmente el voto de forma conjunta por considerar que se violó el procedimiento respecto del artículo 97 de la Constitución Política.

La magistrada Anamari Garro Vargas salvó el voto y declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad por considerar que existió un vicio esencial de procedimiento en la aprobación de la ley, en violación del artículo 97 de la Constitución Política y el artículo 102 inciso 3) de la Constitución.

En cuanto a los vicios de fondo alegados, por mayoría se declaró sin lugar la acción. El magistrado Cruz Castro y la magistrada Jara Velásquez salvaron el voto de manera conjunta y declararon con lugar la acción en este extremo. La magistrada Garro Vargas omitió pronunciarse respecto de los agravios por el fondo.

El Tribunal que deliberó este caso estuvo conformado por Fernando Castillo Víquez (magistrado presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal (magistrado instructor), Luis Fernando Salazar Alvarado, Anamari Garro Vargas, el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro y la magistrada suplente Rosibel Jara Velázquez.

El caso resuelto es el 22-008383-0007-CO y en él se acumularon las acciones de inconstitucionalidad 22-008424-0007-CO y 22-010888-0007-CO.

San José: Johnny Francisco Araya Monge

Escazú: Arnoldo Valentín Barahona Cortes

Desamparados: Gilbert Adolfo Jiménez Siles

Tarrazú: Ana Lorena Rovira Gutiérrez

Aserrí: José Oldemar García Segura

Santa Ana: Gerardo Oviedo Espinoza

Alajuelita: Modesto Alpízar Montes

Vázquez de Coronado: Rolando Méndez Soto

Acosta: Norman Eduardo Hidalgo Gamboa

Moravia: Roberto Zoch Gutiérrez

Montes de Oca: Marcel Soler Rubio

Turrubares: Giovanni Madrigal Ramírez

Pérez Zeledón: Jeffry Montoya Rodríguez

León Cortés: Jorge Denis Mora Valverde

San Ramón: Nixon Gerardo Ureña Guillén

San Mateo: Jairo Emilio Guzmán Soto

Atenas: Wilbert Martín Aguilar Gatgens

Naranjo: Juan Luis Chaves Vargas

San Carlos: Alfredo Córdoba Soro

Los Chiles: Jacobo Guillén Miranda

Guatuso: Ilse María Gutiérrez Sánchez

Jiménez: Lissette Fernández Quirós

Turrialba: Luis Fernando León Alvarado

Alvarado: Juan Felipe Martínez Brenes

El Guarco: Víctor Luis Arias Richmond

Heredia: Jose Manuel Ulate Avendaño

San Rafael: Verny Gustavo Valerio Hernández

San Isidro: Ana Lidieth Hernández González

Belén: Horacio Alvarado Bogantes

Sarapiquí: Pedro Rojas Guzmán

Carrillo: Carlos Gerardo Cantillo Álvarez

Cañas: Luis Fernando Mendoza Jiménez

Tilarán: Juan Pablo Barquero Sánchez

Nandayure: Giovanni Jiménez Gómez

Hojancha: Eduardo Pineda Alvarado

Esparza: Asdrúbal Calvo Chaves

Buenos Aires: José Bernardino Rojas Méndez

Montes de Oro: Luis Alberto Villalobos Artavia

Osa: Jorge Alberto Cole de León

Corredores: Carlos Viales Fallas

Parrita: Fredy Garro Arias

Limón: Nelson Matis Williams

Siquirres: Mangell Mc Lean Villalobos

Guácimo: Gerardo Fuentes González