- Los partidos no podrán celebrar reuniones o mítines en sitios públicos, ni pautar publicaciones pagadas en prensa, radio, televisión e internet.
San José, 11 de diciembre de 2023. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda que el próximo 16 de diciembre comenzará el periodo de veda publicitaria conocido como “tregua navideña”, que inicia a partir de esa fecha, y se extiende hasta el primer día de enero de 2024, inclusive.
Según lo señala el artículo 136 del Código Electoral, durante esos días, está prohibido difundir propaganda política en medios de comunicación colectiva, es decir, no se podrán publicar espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e internet.
En relación con la difusión de propaganda por internet, el TSE ha aclarado que la restricción se circunscribe a espacios pagados, como por ejemplo los banners o publicidad contratada en perfiles de los partidos políticos o de sus candidaturas.
Además, el TSE informa que durante la tregua navideña sí está permitido realizar debates, entrevistas, programas de opinión, volanteo y perifoneo.
Por el contrario, el artículo 137 del Código Electoral establece que durante el periodo mencionado de veda, las agrupaciones políticas no podrán celebrar reuniones o mítines en lugares públicos.
El incumplimiento de estas disposiciones está sancionado con multas que, según el tipo de falta, pueden llegar hasta poco más de los veintitrés millones de colones, según lo estipulan los artículos 286 y 289 de la citada normativa.