Si estos no cuentan con un gestor certificado para la recolección de sus residuos bioinfecciosos se exponen a multas millonarias o bien, a la cancelación o suspensión de su permiso sanitario de funcionamiento por parte del Ministerio de Salud.
Así lo establece el Reglamento sobre barberías, peluquería, salones de belleza y afines (42942-S), el cual dispone que todo residuo bioinfeccioso (punzocortante o no) que se produzca en estos establecimientos debe ser desechado en bolsas y recipientes rígidos especiales y ser entregados a un gestor autorizado por el Ministerio de Salud para tal fin.
No obstante, según Grupo MPD, la mayor procesadora de residuos bioinfecciosos a nivel nacional, aún existe un débil cumplimiento de esta reglamentación por parte de la industria de la belleza, a pesar que transcurrieron tres años desde la publicación de la legislación que decreta dicho requisito.
Según datos de FECOPROBE, entidad nacional que agrupa a establecimientos y profesionales en belleza, extraoficialmente se calcula que en Costa Rica existen más de 21 mil establecimientos dedicados al estilismo, barbería o afines; MPD asegura que si acaso un 5% cuentan con este tipo de servicios a través de un gestor autorizado para sus residuos.Adjunto el comunicado de prensa con mayores detalles e imágenes.Además en este enlace podrá obtener tomas de apoyo, fotografías, audios y videos de declaraciones de voceros.