Con el fin de que la población esté protegida contra la fiebre amarilla y pueda disfrutar tranquilamente de sus salidas del país, el Ministerio de Salud anunció que esta vacuna se aplicará de forma gratuita.
El gobierno estableció 3 líneas de prioridad para la vacunación:
- Delegaciones deportivas.
- Personas que viajan al exterior.
- Cualquier persona que desee vacunarse y completar las dosis de los viales.
Esto a la vez se da como estrategia al desabastecimiento de la vacuna en el país.
Salud amplia vigencia del periodo de aplicación de la vacuna contra fiebre amarilla
Salud, además de proporcionar la vacuna, se encargará de emitir la certificación internacional de vacunación directamente en el mismo lugar de vacunación.
Este certificado se integrará al Sistema Nacional de Vacunación, evitando así trámites adicionales en áreas rectoras.
De esta manera, las personas podrán obtener la vacunación y certificación de forma rápida y eficiente.
Por otra parte, de Salud informa que, a raíz de la situación relacionada con la disponibilidad de la vacuna contra fiebre amarilla, la inusitada demanda y que actualmente está agotada en el país, se ha decidido ampliar la prórroga por un mes más.
Según se indicó este año a partir del 11 de enero del 2025 las personas que viajen a los países considerados de riesgo de transmisión de fiebre amarilla debían colocarse esta vacuna para realizar su viaje, este requisito también aplicaría para las personas que ingresen a Costa Rica, sin embargo, por lo anterior, la entrada en vigor de la obligatoriedad de la vacunación contra fiebre amarilla será a partir del 11 de febrero del 2025.
Es importante recordar que la obligatoriedad de esta vacuna no es nueva, sino que anteriormente los países tenían zonas con excepciones, sin embargo, tras una revisión se determinó dejar sin efecto las excepciones y considerar todo el territorio del país como zona de riesgo (independientemente de la región que se visite), esto se comunicó por medio de reformó la Resolución Ministerial N° DM-RC-2214-2024 del 27 de setiembre del 2024, que establece las zonas geográficas consideradas de riesgo de transmisión de fiebre amarilla.
Dicha reforma incluía un transitorio de tres meses a partir de su publicación, fecha correspondiente al 11 de enero del 2025, como se mencionó, sin embargo, a raíz de la situación relacionada con la disponibilidad de aplicó esta prórroga.
El Ministerio de Salud continuará a la expectativa del comportamiento del mercado y estará gestionando otras acciones colaterales con el objetivo de resguardar la salud de la población