Bono de vivienda para personas adultas mayores solas: una ayuda solidaria para mejorar su calidad de vida
Redacción: El bono de vivienda es una donación que el Estado costarricense otorga de manera solidaria a personas que cumplan con requisitos específicos para acceder a una casa digna. Una de sus modalidades está dirigida exclusivamente a personas adultas mayores sin núcleo familiar, que no cuenten con vivienda o que, teniéndola, requieran ampliaciones o reparaciones importantes.
Este beneficio está contemplado en la Ley No. 8534, que reforma el artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (Ley No. 7052). Esta normativa establece que los adultos mayores que no pueden trabajar para mantenerse o no cuentan con una red familiar que les brinde apoyo, pueden optar por un bono de hasta bono ordinario y medio, lo que representa una ayuda significativa para solventar su situación habitacional.
Para poder acceder a esta ayuda, es indispensable que el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) emita una certificación que acredite la condición de persona adulta mayor sola. Esta evaluación será positiva o negativa, y se basa en los criterios establecidos por el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
¿Quiénes pueden aplicar?
El programa está dirigido a personas mayores de 65 años, ya sea solas o en pareja, que cumplan con los siguientes requisitos:
• No haber recibido un bono de vivienda anteriormente.
• Tener un lote propio o con opción de venta.
• Presentar plano visado y escritura libre de hipotecas o gravámenes.
• Estar fuera de zonas de riesgo.
• No haber sido propietario de otra vivienda.
• Aportar documentación y cubrir los costos del avalúo y visita social de CONAPAM.
• No contar con un núcleo familiar que pueda brindar apoyo habitacional.
• Cumplir con los requisitos legales y administrativos.
• Duración estimada del trámite: entre 6 y 12 meses.
Características de la vivienda para adulto mayor
Las casas contempladas bajo esta modalidad tienen un diseño adaptado a las necesidades específicas de las personas adultas mayores, cumpliendo con lo estipulado en la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad:
• Área de 48 m² construidos.
• Un dormitorio, sala-cocina, baño, cuarto de pilas techado y corredor.
• Baño amplio y completamente enchapado.
• Puertas amplias, pintura interna y externa, ventanas corredizas, piso cerámico, cielo razo, canoas y bajantes en PVC, sistema eléctrico entubado en PVC y termo ducha.
¿Cómo iniciar el proceso?
El primer paso para optar por este bono es acudir a una entidad financiera autorizada por el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), donde la persona interesada recibirá asesoría y entregará la documentación necesaria para iniciar el expediente.
Un derecho, no una dádiva
Más allá de un beneficio económico, este bono representa un acto de justicia social hacia las personas adultas mayores que han quedado solas, sin respaldo familiar ni recursos para garantizar su derecho a una vivienda digna.
Entidades como Desarrollo Urbano ofrecen asesoría y acompañamiento durante todo el proceso, asegurando que cada paso se realice correctamente hasta lograr la construcción de una vivienda que brinde seguridad, accesibilidad y bienestar.
Para más información, las personas interesadas pueden acercarse a las entidades financieras autorizadas o contactar al CONAPAM para orientación inicial.
Porque en la vejez, tener un hogar no debería ser un lujo, sino un derecho.
