Cannabis medicinal ya está disponible en Costa Rica, pero con acceso controlado

Por Redacción: El cannabis medicinal ya es una realidad en Costa Rica. A partir de la reciente entrada en vigor del reglamento respectivo, los pacientes que padecen enfermedades como cáncer, epilepsia, fibromialgia, Parkinson y otras condiciones crónicas podrán acceder a tratamientos con esta planta.

Sin embargo, el acceso será estricto y regulado, algo que ha tomado por sorpresa a algunos sectores empresariales y consumidores que esperaban un mercado más abierto.

Solo con receta médica y en farmacias autorizadas

La normativa costarricense es clara: el cannabis medicinal solo podrá ser adquirido mediante prescripción médica y su venta estará exclusivamente limitada a farmacias, descartando cualquier posibilidad de distribución libre o comercialización en tiendas naturistas o de conveniencia.

Esta regulación es proteger la salud de los pacientes, garantizando que el cannabis terapéutico sea dispensado por farmacéuticos capacitados, quienes pueden orientar sobre dosis, interacciones y posibles efectos secundarios.

Enfermedades tratadas con cannabis medicinal

Los usos terapéuticos del cannabis están respaldados por diversos estudios científicos internacionales. En Costa Rica, el reglamento permite su uso en el tratamiento de las siguientes condiciones:

  • Dolor crónico, incluyendo fibromialgia, artritis reumatoide y dolor neuropático.
  • Trastornos del sueño, como el insomnio.
  • Epilepsia refractaria y enfermedades neurológicas como la esclerosis múltiple y el Parkinson.
  • Síntomas asociados al cáncer y a los efectos secundarios de la quimioterapia, como náuseas, vómitos y pérdida de apetito.
  • Trastornos mentales como ansiedad, estrés postraumático y depresión, aunque en estos casos el uso debe ser aún más controlado y acompañado por profesionales de salud mental.

¿Qué productos estarán disponibles?

El reglamento habilita una variedad de productos derivados del cannabis, que deben cumplir con los estándares farmacéuticos de calidad, concentración y etiquetado. Entre los más comunes se encuentran:

  • Aceites y tinturas sublinguales.
  • Cápsulas y comprimidos de uso oral.
  • Cremas y ungüentos tópicos, para tratar dolores localizados o afecciones dermatológicas.
  • Productos inhalables, como vaporizadores y flores secas (bajo condiciones específicas).
  • Comestibles y bebidas infusionadas, aunque estos requerirán mayor supervisión por su facilidad de consumo.

Todos estos productos deben ser elaborados, registrados y comercializados bajo los lineamientos del Ministerio de Salud, y únicamente podrán ser vendidos por farmacias que cuenten con personal calificado y licencia para su manejo.

Entre la esperanza médica y el control sanitario

El ingreso del cannabis medicinal al sistema de salud costarricense marca un hito importante, tanto para los pacientes como para la industria farmacéutica. No obstante, el gobierno y los colegios profesionales han querido dejar claro que no se trata de una legalización recreativa ni de un negocio libre. La intención es garantizar un uso médico seguro, ético y respaldado científicamente.

Si bien algunos sectores critican las restricciones como demasiado rígidas, otros aplauden la precaución, ya que consideran que el país debe avanzar con cautela en un tema que todavía genera divisiones a nivel social y político.

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