Congreso aprueba ley que castiga con hasta 40 años el sicariato

San José, 19 de enero de 2026. Con una votación unánime y sin ausencias, la Asamblea Legislativa dio este lunes luz verde definitiva al expediente 24.047, una reforma penal que marca un antes y un después en la lucha contra el crimen organizado: la Ley contra el Sicariato. El proyecto fue aprobado en segundo debate con 42 votos a favor de los 42 diputados presentes, tras superar meses de discusión técnica, consultas constitucionales y ajustes de fondo al texto original.

La decisión legislativa llega en medio de una creciente preocupación nacional por el aumento de homicidios vinculados a estructuras criminales, donde el asesinato por encargo se ha convertido en una herramienta recurrente para saldar disputas, imponer control territorial o silenciar rivales.

Un nuevo delito, penas más severas

La ley introduce cambios directos al Código Penal, incorporando dos nuevas figuras jurídicas que hasta ahora no estaban claramente tipificadas:

  • Artículo 112 bis: Homicidio por sicariato.
    Establece penas de 20 a 40 años de prisión para quien cause la muerte de otra persona por encargo, acuerdo previo, remuneración económica o promesa de pago. La norma apunta al ejecutor material, pero deja claro el carácter agravado del delito cuando existe una motivación económica o contractual.
  • Artículo 280 bis: Oferta o promoción de homicidio por encargo.
    Castiga con 3 a 5 años de cárcel a quien ofrezca, solicite o promueva servicios de sicariato, incluso si el homicidio no llega a concretarse. Con esto, el legislador amplía el alcance penal hacia las fases previas del delito.

Uno de los elementos más relevantes de la reforma es que no se limita a sancionar al autor del crimen, sino que también alcanza a quienes contratan, intermedian o publicitan este tipo de servicios, cerrando vacíos legales que dificultaban la persecución penal.

Un vacío legal que el país buscaba cerrar

Antes de esta reforma, el homicidio por encargo podía juzgarse bajo figuras como el homicidio calificado, pero no existía una tipificación específica del sicariato, ni sanciones diferenciadas para quienes lo promovían o financiaban. Esto, según expertos en derecho penal y autoridades judiciales, limitaba la capacidad del Estado para atacar las estructuras que operan detrás de estos crímenes.

Con la nueva ley, Costa Rica se alinea con otros países de la región que han optado por nombrar y castigar explícitamente el sicariato como una manifestación directa del crimen organizado.

Mensaje político y social

Desde el Plenario Legislativo, varios diputados coincidieron en que la aprobación de esta ley envía un mensaje claro: el Estado no tolerará la profesionalización del homicidio ni la normalización de la violencia por encargo. La unanimidad en la votación refleja un consenso político poco común en temas de seguridad.

Ahora, la normativa queda a la espera de su promulgación y publicación oficial para entrar en vigencia. Mientras tanto, autoridades judiciales y de seguridad consideran que esta herramienta legal fortalecerá los procesos de investigación y sanción contra redes criminales que utilizan el sicariato como método de operación.

La aprobación de esta ley no resuelve por sí sola el problema de la violencia, pero sí representa un endurecimiento significativo del marco penal, en un momento en que el país exige respuestas firmes frente a la expansión del crimen organizado.