La iniciativa busca impedir que familiares de personas menores de edad víctimas de delitos sexuales se acojan al derecho de abstención para evitar declarar contra los presuntos responsables.
San José, 23 de septiembre de 2026. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia avaló, por unanimidad, el proyecto de reforma del artículo 36 de la Constitución Política, que pretende limitar el derecho de abstenerse a declarar en casos de delitos cometidos por familiares contra personas menores de edad y otras víctimas de violencia intrafamiliar y de género.
La decisión se tomó al resolver la consulta legislativa preceptiva de constitucionalidad, tramitada bajo el expediente 26-028246-0007-CO, relacionada con el proyecto de ley N.° 23.729, denominado “Reforma del artículo 36 Constitución Política para limitar el derecho de abstenerse a declarar en delitos que cometan familiares contra personas menores de edad, y otras víctimas de violencia intrafamiliar y de género”.
Reforma busca fortalecer la protección de menores víctimas de delitos sexuales
De acuerdo con el criterio emitido por el Tribunal Constitucional, la propuesta de reforma no presenta vicios de procedimiento ni de fondo que impidan su trámite legislativo.
La Sala señaló que, en el caso de delitos sexuales presuntamente cometidos contra personas menores de edad, la iniciativa otorga prioridad a la protección del interés superior de las víctimas frente al derecho de familiares de la presunta persona afectada a abstenerse de declarar.
Según la resolución, esta medida busca contribuir a la prevención de la impunidad y la revictimización durante los procesos penales.
El proyecto también contempla un mandato dirigido al Estado para garantizar un acompañamiento y abordaje institucional integral durante el proceso penal a las personas menores de edad que sean presuntamente víctimas de estos delitos.
Opinión consultiva aún está en proceso de redacción
La Sala Constitucional informó que la opinión consultiva se encuentra en etapa de redacción y que, una vez concluido el proceso, será notificada y publicada en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que pueda ser consultada por las personas interesadas.
La votación se realizó este miércoles 23 de septiembre de 2026, bajo la resolución N.° 2026-036580.
Los magistrados Castillo Víquez y Cruz Castro, así como la magistrada Garro Vargas, consignaron notas por aparte.
El aval constitucional permite que el proyecto continúe su trámite legislativo, pero la reforma aún debe seguir el procedimiento correspondiente en la Asamblea Legislativa antes de que pueda convertirse en una modificación constitucional vigente.
