- “Casi el 15% de la población mayor de 20 años es diabética y más del 30% es hipertensa, factores que pueden complicar la enfermedad”, expresó el Ministro de Salud, Daniel Salas.
“A los jóvenes que piensan que conmigo no es este tema, sepan que también puede afectarlos a ustedes. Ayer hablamos que tenemos personas en cuidados intensivos entre los 35 y 50 años. Casi el 15% de la población mayor de 20 años es diabética y más del 30% es hipertensa, factores que pueden complicar la enfermedad. La reacción que les he pedido en estos días nos incluye a todos y todas” enfatizó el Ministro de Salud, Daniel Salas.
Al 25 de marzo se registran 201 casos positivos por COVID-19, con un rango de edad entre los 2 a los 87 años. Se trata de 84 mujeres y 117 hombres, de los cuales 183 son costarricenses y 18 extranjeros.
Se registran casos positivos en 39 cantones de siete provincias. Por edad hay: 177 adultos, 17 adultos mayores y 7 menores de edad.
Se han descartado 1684 personas, 2 han sido dadas de alta, y se contabilizan dos lamentables fallecimientos, dos hombres costarricenses, ambos de 87 años.
Seis personas se encuentran internadas, 4 de ellas en cuidados intensivos.
Restricción vehicular
Durante el primer operativo de restricción vehicular sanitaria como parte de las medidas para la prevención del contagio del COVID-19, durante la noche de este martes y madrugada de este miércoles las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública en conjunto con la Dirección General de la Policía de Tránsito realizaron un total de 274 multas.
De esta cifra, 159 fueron por infringir la disposición y 115 por otras infracciones.
“Ayer y hoy trabajamos arduamente en el operativo de restricción sanitaria vehicular en todo el país con éxito. Agradezco a mis compañeros y compañeras policías por esta labor”, dijo el ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, al tiempo que indicó la continuidad de estos operativos en todo el territorio nacional por lo que instó a la ciudadanía a quedarse en casa y no salir a menos de alguna necesidad.
El jerarca recordó que esta medida aplica durante la franja horaria desde las 10 p.m. y hasta las 5:00 a.m. y que quienes transiten durante ese rango tienen la obligación de acreditar o demostrar la excepción correspondiente, dicha comprobación deberá darse ante la autoridad de tránsito mediante la presentación del carné institucional o empresarial, así como una constancia laboral emitida por la persona empleadora en la que se consigne el horario de trabajo.
Para los casos de personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento de respaldo sobre sus labores o actividad ejercida que justifique su movilización. Así como la constancia laboral o el documento de respaldo según corresponda, serán aplicables a partir del día miércoles 25 de marzo.