Policía demuele ranchos en Milla Fronteriza, sector de Tiricias Pocosol

Funcionarios del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo y Oficina Subregional de San Carlos- Los Chiles del SINAC-ACAHN en colaboración con la Policía de Fronteras, dieron seguimiento al control de usurpación a terrenos Patrimonio Natural del Estado Costarricense.

En la inspección al lugar se determinó una acelerada destrucción del Bosque esto ocasionado por recientes construcciones o ranchos de personas nacionales y extranjeros sin derechos de propiedad por lo que se realizó la demolición de los ranchos deshabitados y el trámite legal correspondiente para los que se encontraban habitados para su posterior desalojo. Además se encontró corta de vegetación bajo el bosque para la introducción de ganado vacuno.

Recordemos que las zonas limítrofes son de dominio público por varias razones, entre las que destaca el hecho de que constituyen áreas estratégicas para la seguridad nacional y de amortiguamiento de áreas protegidas localizadas dentro de ellas, tal es el caso del RNVSCF.

Que entre otras leyes la Ley de Terrenos Baldíos Artículo 10, establece como terrenos inalienables un límite de dos kilómetros de ancho a lo largo de la frontera con Panamá y con Nicaragua.

Bajo esta legislación la franja fronteriza se encuentra fuera del comercio de los hombres y afectadas a un fin público que las hace inalienables e imprescriptibles, por lo que todo contrato de compra venta sobre bienes de dominio público padece de nulidad absoluta.

Que desde el año 2012, en el lugar conocido desde Boca del Río Infiernito, Tiricias hasta el Mojón Dos, en Cutris de San Carlos, se ha dado la invasión a esta área silvestre protegida con la construcción de líneas de transmisión de electricidad, que incluye colocación de postes, tendido de cables y colocación de medidores en terrenos del Estado y que forman parte del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo (Patrimonio Natural del Estado). Lo cual no tiene permiso del SINAC-MINAE.

Que como consecuencia de lo anterior, las personas que ocupan los terrenos del Estado, no siendo propietarios, ven facilitada y fortalecida su ocupación no legal, al ofrecerles el servicio de electricidad, además, se está favoreciendo indirectamente ante la prestación del servicio de electricidad que otras personas invadan el área silvestre protegida (Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo), provocando fragmentación de la propiedad del Estado, cambio de uso del suelo y alteraciones ambientales permanentes a la ecología y el ambiente.

Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC)

refugiodevidasilvestrecorredorfronterizo

subregionsancarlosloschiles