Tras una resolución de último momento ha sido suspendida la aplicación de código QR para verificar vacunación en Costa Rica. La suspensión se logró gracias a una medida cautelar que frena uso de sistema de verificación en comercios para todo el país.
Constituye un esto un golpe bajo para el Presidente Carlos Alvarado y sus Ministro Salas, que impulsado el proyecto y defendido a capa y espada en contra de diversos sectores económicos que lo adversan.
El comercio y turismo hoy celebran esta medida, que ponía cuesta arriba, luego de dos años de crisis por la pandemia.
Esto es lo que dice el Tribunal:
Se admite la presente solicitud cautelar, por lo que se ordena la suspensión inmediata de los efectos de la resolución del Ministerio de Salud número MS-DM-8119-2021 del 14 de octubre de 2021, únicamente en tanto ordena la demostración de un esquema de vacunación a través de un código QR, el cual se dispuso como de verificación obligatoria tanto para los establecimientos comerciales señalados en la resolución indicada, como para los particulares o usuarios de los mismos», detalla la resolución.
«De forma precautoria, se ordena al presidente de la República (Carlos Alvarado Quesada), al ministro de Salud (Daniel Salas Peraza), al ministro de Ciencia (Paola Vega Castillo), a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que se abstengan de realizar cualquier conducta tendiente a la implementación del código QR a nivel comercial, social, laboral, turístico, recreativo o cualquier otro, hasta tanto no sea resuelto por el fondo el presente asunto», suma el documento.
La solicitud se presentó fuera de de horario pero a inicios de la semana se le asignó al caso el número de expediente; lo que que sigue ahora a partir del lunes es turnarlo al área de Tribunal Contencioso que corresponde conocer medidas cautelares para que atienda una audiencia contra el Estado. Para determinar si se mantiene o no.
Eso significa que se debe resolver por el fondo si se confirma o no la medida. Si se confirma la suspensión continua. Pero también dependiendo de lo que se resuelva por el fondo se dejaría sin efecto. Cualquiera de las dos decisiones que se tomen por el fondo tiene recurso de apelación”. En el Departamento de Prensa se indicó que la medida provisionalísima ante causam es la que se presenta así: se llega a solicitar pero no se le asigna número de expediente porque aún no existe pues aún no está formalmente abierto y se dicta de manera inmediata. Esto no se apela hasta que ya se le da el trámite correspondiente en la sección que ve los pedidos de medidas cautelares donde se determinará si se mantiene la suspensión o no.
Otro punto de la resolución del juez dice que «De la misma forma, dado que tiene efectos actuales, pero además, dada la permanencia potencial pero cierta de los efectos de esa medida obligatoria (exigencia de un código QR) fue puesta en conocimiento a través de comunicado de Casa Presidencial número CP-1273-2021 de fecha 22 de octubre del 2021, de forma precautoria, SE ORDENA al Presidente de la República, al Ministro de Salud, al Ministro de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, a la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL y al INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD, que se abstengan de realizar cualquier conducta tendiente a la implementación del Código QR, a nivel comercial, social, laboral, turístico, recreativo y/o cualquier otro, hasta tanto no sea resuelto por el fondo el presente asunto, con el fin de resguardar la tutela judicial cautelar adoptada en la presente resolución», indica el documento.
El código QR lo dio conocer el gobierno como un medio para verificar esquemas de v@cunación completos contra la covid-19. La medida obligaba a las personas a inocularse si deseaba ingresar a ciertos comercios o ir a ciertas actividades; si no tenía la inyección NO podría ingresar. Ahora la medida ha quedado suspendida debido a una medida cautelar provisionalísima interpuesta por empresarios del sector de turismo, según confirmó este sábado la Cámara Nacional de Turismo (Canatur).