La renovación necesaria.
Por Edgardo Araya / Abogado, Exdiputado de la República, Excandidato Presidencial
El Caso Diamante, que ha sacudido a la opinión pública en la última semana, nos llena de indignación y mucho enojo. Revuelve el estómago leer cómo, con total desparpajo y procacidad, Alcaldes que llevan eternidades en sus cargos, obtienen cuantiosos pagos por ejercer su poder a favor de una determinada empresa, para que no sólo gane todas los contratos posibles en el municipio respectivo, sino que saque de competencia a otras empresas que podrían cobrar menos y dar mayor eficiencia en el uso de los fondos públicos. Indigna más cuando nos damos cuenta que, intencionada y premeditadamente, se encarecen los trabajos contratados para seguir saqueando las ya maltratadas arcas públicas. Las redes de tráfico de influencias, coimas y dádivas requieren tiempo para formarse. No se construyen de la noche a la mañana. Se requiere tiempo, y tiempo en el poder.
A pesar de esa indignación y enojo comprensibles, quiero ver el lado positivo de todo esto, que lo tiene. Por una parte, se está demostrando una vez más que a pesar de los pesares y de todos los defectos que se le puedan señalar, el sistema judicial de control del poder aún funciona y debe seguir siendo fortalecido para que pueda actuar de manera pronta y cumplida y que los asuntos se resuelvan en plazos razonables. La verdad es que, a pesar de la vergüenza que nos hacen pasar, no en cualquier país del mundo el Ministerio Público tiene la independencia y el poder suficientes para investigar y poner en jaque al poder político-económico. Presidencias, Diputaciones, Alcaldías, grandes empresas multimillonarias son traídas a juicio y sometidas a escrutinio. Eso debe ser motivo de orgullo y de vigilancia permanente para evitar que ese poder termine cooptando esa institución.
Por otra parte, este caso volvió a reposicionar en la opinión pública el debate necesario sobre la limitación de la reelección indefinida de quien ocupa la Alcaldía de una Municipalidad, lo que también debería extenderse a quienes ocupan las Regidurías. Es llamativo que cuando la Asamblea Legislativa creó esta figura de la Alcaldía, se optara por ir a contrapelo de lo que históricamente se había dispuesto con otros cargos de poder político, como la Presidencia de la República y las Diputaciones. A diferencia de aquellos, que tienen claramente limitada su reelección, quien ocupe el cargo de Alcalde o Alcaldesa puede ser reelecto indefinidamente.
La necesidad urgente de ponerle coto a los abusos que hemos sufrido por esa omisión legislativa la hemos sentido desde hace muchos años, cuando veíamos cómo, elección tras otra, las mismas personas se reelegían con bajísimos índices de participación, utilizando la evidente ventaja que tenían sobre las demás personas contendoras, al utilizar todo el poder y la estructura municipal al servicio de esa reelección. Algo que evidentemente es un privilegio odioso que debe romperse.
Una única reelección consecutiva, incluyendo eso sí la reforma para que un Alcalde o Alcadesa en ejercicio, para optar por la reelección, deba separarse de su cargo sin goce de salario al menos seis meses antes de la elección.
Apesar de que aún no salían a la luz estos grandes desmanes atribuidos a alcaldes enquistados en el poder, ya sentíamos la necesidad de poner límites. Fue así que para el inicio del periodo constitucional legislativo anterior (2014-2018) presentamos como fracción del Frente Amplio el Proyecto de Ley 19372, que pretendía limitar a una única vez consecutiva la posibilidad de reelección del cargo de Alcalde o Alcaldesa. Como pueden ver del proyecto (Expediente 19372, presentado el 15 de octubre del 2014), este es el típico caso de una gran reforma que se logra con un cambio muy simple. Lo que requiere es voluntad política nada más para adicionarle la frase final “para un único período consecutivamente” (o la fórmula que mejor acuerdo genere) al último párrafo del artículo 14 del Código Municipal, de manera que la parte final de dicho artículo, -que regula la figura del Alcalde o Alcaldesa Municipal-, se lea así: “Tomarán posesión de sus cargos el día 1o de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser reelegidos para un único período consecutivamente.” (O cualquier otra fórmula que se decida.)
Creo que los señores y las señoras Diputadas tienen hoy la palabra. Costa Rica les exige que estén a la altura de las circunstancias históricas que vivimos. A diferencia del nuestro, que fue archivado hace mucho tiempo, existe un proyecto muy similar a este convocado por el Poder Ejecutivo en este periodo de sesiones extraordinaras. Me parece que la discusión ya no es, -como en nuestro momento-, si debe limitarse o no el tiempo en el cargo de un Alcalde o Alcadesa, sino cuánto y cómo debe limitarse.
Lo único cierto es que hay que hacerlo. Y hacerlo ya.
El proyecto 19372 ponía límite a la reelección indefinida, permitiendo una única reelección consecutiva, debiendo dejar el cargo obligatoriamente pasados esos ocho años y teniendo que esperar al menos un periodo de cuatro años para intentar volver al cargo. Se pensó así porque se consideraba que por el tiempo que puede tomar la implementación de un plan de gobierno, tal vez en cuatro años no se podrían ver resultados, siendo ocho un periodo razonable para llevar adelante ese proceso. Sin embargo, visto lo visto, también se puede considerar la prohibición total de reelección consecutiva, al estilo hoy del cargo de la Presidencia de la República y de las Diputaciones, que necesariamente, quienes los ostenten, deben dejarlos al finalizar el periodo respectivo y esperar al menos un periodo si quieren optar de nuevo por esos puestos. Esta modalidad eliminaría la ventaja indebida que obtiene el Alcalde o la Alcaldesa en ejercicio al momento de presentarse a la reelección, por sobre las demás candidaturas. Otra posibilidad sería permitir, al estilo estadounidense, una única reelección consecutiva, sin poder volver a optar por el cargo. Esta última opción, a la luz de la jurisprudencia constitucional que permitió la reelección presidencial, tendría algún riesgo de que la Sala Constitucional se traiga abajo la reforma por violación al principio democrático de libertad de elegir y ser electo..
Personalmente, me decanto por la fórmula planteada en nuestro proyecto de una única reelección consecutiva, incluyendo eso sí la reforma para que un Alcalde o Alcadesa en ejercicio, para optar por la reelección, deba separarse de su cargo sin goce de salario al menos seis meses antes de la elección.
Por supuesto que, como todo en la Asamblea Legislativa, no será lo que se quiera, sino lo que se pueda. Lo único cierto es que hay que hacerlo. Y hacerlo ya.