Regidores sancarleños conocían de condena en firme de Córdoba, pero callan

Los nueve regidores sancarleños no podrán alegar que desconocían sobre la sentencia en firme de Alfredo Córdoba el 29 de enero pasado, cuando se le condenó a seis meses de inhabilitación por nombramiento ilegal de exfuncionario.

José Pablo Rodríguez, regidor de Progreser dijo hoy  que ellos no  han recibido la notificación oficial del fallo judicial de parte del Tribunal Penal y que ni siquiera el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ha sido notificado.

Lo cierto es que el caso de la sentencia fue harto conocido por la prensa nacional, pero los regidores no han movido un dedo para conocer sobre el alcance de la ley y la obligación de solicitarle al TSE el retiro de credenciales a Córdoba, pese a que es parte de sus deberes y podrían ser acusados de incumpliendo de deberes y obligaciones.

(…) “ sentencia número 2021-00155, de las quince horas del 29 de enero de 2022 el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José declaró a ALFREDO CÓRDOBA SORO autor responsable de DOS DELITOS DE NOMBRAMIENTO ILEGAL en perjuicio de LOS DEBERES.DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, En tal concepto se le impone TREINTA DÍAS MULTA por cada delito, para un total de 60 DÍAS MULTA, correspondiendo al pago por un día multa la suma de SESENTA MIL COLONES, para un monto total a cancelar de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL DE (sic.) COLONES que deberá cancelar a favor de ADAPTACIÓN SOCIAL, a partir de los 15 días de la firmeza del fallo.

Asimismo se le condena al imputado ALFREDO CÓRDOBA SORO a la pena de INHABILITACIÓN EN EL EJERCICIO DE CARGOS PÚBLICOS Y DE ELECCIÓN POPULAR por el plazo de SEIS MESES., pena irrevocable«

“En el momento que contemos con dicha notificación seremos vehementes en gestionar el cumplimiento de la ley, tal y como lo hicimos en el caso del salario del señor Alcalde ante la suspensión por 6 meses por el caso Diamante” expresa el Regidor Rodríguez.

Rodríguez junto a los demás regidores no se han pronunciado al respecto a pesar de conocer el artículo de 18 de Código Municipal que estable sobre el retiro de credenciales a los funcionarios públicos, en este caso, al alcalde, por haber sido condenado.

Asimismo los demás regidores conocen sobre una moción que presentó la regidora Diana Corrales el pasado lunes 30 de mayo para el retiro de credenciales a Córdoba. Pese a esto, lleva dos semanas sin ser visto por el Concejo Municipal, aunque conocen de su importancia y relevancia.

Los regidores aprobaron el pasado 06 de junio el Presupuesto Extraordinario por más 4 mil millones de colones, por unanimidad, presupuesto que fue firmado Córdoba inhabilitado para ejercer cualquier cargo público.

Esta inhabilidad de Córdoba podría ser motivo de rechazo del presupuesto por la Contraloría General de la República y con ello, el atraso de las obras comunales.

Deberes de los regidores según Código Municipal

Artículo 26. – Serán deberes de los regidores:
a) Concurrir a las sesiones.
b) Votar en los asuntos que se sometan a su decisión; el voto deberá ser afirmativo o
negativo.
c) No abandonar las sesiones sin el permiso del Presidente Municipal.
d) Desempeñar las funciones y comisiones que se les encarguen.
e) Responder solidariamente por los actos de la Corporación municipal, excepto que hayan salvado el voto razonadamente,

f) Justificar las solicitudes de licencia referidas en el artículo 32 de este código.
g) Concretarse en el uso de la palabra al tema objeto de discusión y guardar el respeto y la compostura en el ejercicio de sus funciones.
h) Los demás deberes que expresamente señale este código y los reglamentos internos que se