MEIC pone en consulta pública 11 decretos que eliminan tarifas mínimas obligatorias en servicios profesionales


• Reforma elimina la prohibición para que profesionales cobren menos por sus servicios.
• Desregulación está alineada con pronunciamientos de la OCDE y la Coprocom.


En seguimiento al compromiso de la actual administración para aliviar el bolsillo de los costarricenses, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), inicia la Consulta Pública de 11 Decretos Ejecutivos que eliminan las tarifas mínimas obligatorias para 11 grupos de servicios profesionales.


Este decreto busca generar condiciones que reduzcan el costo de la vida para las personas y de producción para las empresas. Con esta reforma se pasa de un esquema de tarifas mínimas obligatorias a uno de tarifas de referencia no obligatorias, con las cuales el profesional queda en libertad de cobrar lo que acuerde con el cliente, sin que sea sancionado.
“Esto tiene implicaciones para la gente. Terminamos con la prohibición para que los profesionales puedan cobrar menos por muchos servicios, como por ejemplo el traspaso y venta de sus bienes, la constitución de empresas, las cancelaciones de hipotecas, las certificaciones de ingresos, la elaboración de planos de construcción, las inspecciones de obras, las consultas de nutrición o en fisioterapia, entre muchos otros”, señaló Francisco Gamboa Soto, ministro de Economía, Industria y Comercio.
Los 11 grupos profesionales incluidos en esta iniciativa son:

• Abogados.
• Terapeutas.
• Ingenieros químicos y profesionales afines.
• Geólogos.
• Contadores públicos.
• Ingenieros y arquitectos físicos.
• Microbiólogos y químicos clínicos.
• Biólogos.
• Físicos.
• Químicos.
• Nutricionistas.
Esta acción responde a la recomendación técnica realizada por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), como resultado del “Estudio en Materia de Competencia y Libre Concurrencia de los Servicios Profesionales en Costa Rica”, ya que estas tarifas limitan la autonomía de los profesionales, favorecen la colusión o alianzas, limitan el acceso de los consumidores a los servicios y sostienen tarifas mayores que encarecen una gran cantidad de bienes y servicios que son utilizados como insumos.


De igual manera se ha pronunciado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), desde el año 1985, que ha preparado informes en relación con la aplicación del Derecho de Competencia a los servicios profesionales, en los que ha señalado como parte de sus recomendaciones que: “Las restricciones a la competencia entre los miembros de una profesión deben eliminarse. Estas restricciones incluyen los acuerdos dirigidos a determinar el precio”.
Para los grupos de servicios profesionales que tienen tarifas mínimas obligatorias para cuya eliminación se requiere una ley, se está elaborando un Proyecto de Ley para ser presentado a la corriente legislativa.
Las personas interesadas en presentar observaciones a los decretos, podrán hacerlo en un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de su publicación en el sitio Web del MEIC, es decir, del 11 al 25 de agosto.
La información completa de la consulta se encuentra en el enlace: https://www.meic.go.cr/web/55/consulta-publica.php o puede ser solicitada al correo: consultas-publicas@meic.go.cr, en el cual deberá enviar las observaciones por medio de la matriz creada para tales fines.