Se amplía operación de flotilla de buses de un 20% a un 50% máximo
- Medida aplica para autobuses que realizan recorridos menores a 75 km.
- Decreto permite que la operación de buses se extienda de un 20% a un 50% de la flotilla.
- Ajuste se realiza en virtud de la necesidad de mejorar la prestación del servicio de autobuses y disminuir el riesgo de exposición de las personas.
A partir de este martes empieza a regir el decreto ejecutivo 42469-MP-MOPT-S que permite a las empresas autobuseras aumentar de un 20 % a un 50% máximo la operación de la flotilla de buses que realizan recorridos menores a 75 km.
Con el ajuste de este porcentaje en la operación se busca mejorar la prestación del servicio y disminuir el riesgo de exposición de las personas que viajan en bus, esto en el marco de la medida de restricción temporal que aplica del 13 de julio al 17 de julio de 2020.
Siendo así, se modifica el inciso e) del artículo 5° del decreto 42458-MP-MOPT-S del 11 de julio de 2020, denominado restricción temporal del tránsito vehicular en los cantones en alerta naranja para prevenir la propagación del COVID-19.
Esta nueva disposición entra a regir a partir de las 00:00 horas de este martes 14 de julio de 2020.
El decreto fue firmado por el Presidente de la República, Carlos Alvarado, y los ministros de Salud, Daniel Salas, de la Presidencia, Marcelo Prieto; y de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez Mata.