Gobierno firma decreto que hace obligatoria la vacuna contra COVID-19 en el sector público

  • Entraría a regir el 15 de octubre.
  • Patronos privados también podrán establecer en sus disposiciones internas la obligatoriedad para sus empleados de aplicarse el esquema de vacunación contra el COVID-19.
  • Las muertes relacionadas con el COVID-19 representan la cantidad más elevada de fallecimientos en nuestro país, en tiempos modernos, debido a una sola causa.

Este viernes 15 de octubre entrará a regir el decreto ejecutivo N° 43249-S que exige la obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 para todos los funcionarios del sector público, así como para aquellos empleados del sector privado cuyos patronos, dentro de sus disposiciones laborales internas, decidan optar por incorporar dicha vacunación como obligatoria en sus centros de trabajo. 

Se espera que el decreto, firmado por el presidente de la República, Carlos Alvarado, y el ministro de Salud, Daniel Salas, sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta la noche de este lunes.

Este decreto indica que “será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional, en el caso de los trabajadores que no quieran vacunarse contra el COVID-19”.

Este anuncio fue dado a conocer el 28 de septiembre por el ministro de Salud, Daniel Salas, en conferencia de prensa donde indicó que “tenemos que seguir insistiendo en que la vacunación es una de las herramientas más importantes para ir saliendo de este trago tan amargo que hemos experimentado como humanidad en los últimos meses. Que Costa Rica tenga vacunas disponibles y que hay gente que no quiera hacerlo es algo penoso que debemos seguir trabajando”.

En esta línea la Sala Constitucional ha analizado lo referente a la obligatoriedad de la vacunación y ha reconocido la importancia de la vacunación como parte de la asistencia sanitaria esencial que debe garantizar el Estado costarricense en aras de proteger el derecho fundamental a la salud de todas las personas, y, en segundo lugar, que el resguardo de la salud pública y la prevención de las enfermedades constituye un fin constitucionalmente legítimo que puede justificar válidamente la obligatoriedad de las vacunas.

Las muertes relacionadas con el COVID-19 representan la cantidad más elevada de fallecimientos en nuestro país, en tiempos modernos, ocasionados por una sola causa, generando que se tomen las medidas necesarias para evitar daños graves o irreparables a la salud de los habitantes.

De igual manera las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de la Seguridad Social están saturadas según indicó el ministro de Salud, la mayoría de los pacientes que se encuentran en UCI son personas no vacunadas y a esto se suma que se ha estado registrando una desaceleración de afluencia de personas en los vacunatorios para recibir la primera dosis.