Hay preocupación en Algunos vecinos ya que Córdoba al volver a la función pública podría borrar evidencias no solo relacionadas con el caso Diamante, sino con las aparentes acciones relacionadas con su actuación en la función en el pasado .
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES (TSE) de San José, a las nueve horas cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós pidió al Tribunal penal de Hacienda y Función Publica una copia certificada de la sentencia de condenatoria de el alcalde Alfredo Córdoba Soro para iniciar el proceso de eliminación de las credenciales a este por conden
(…) “Visto el escrito, por intermedio del cual se solicita la cancelación de la credencial del señor Alfredo Córdoba Soro, alcalde de ese cantón, con base en la causal prevista en el inciso c) del artículo 18 del Código Municipal (folios 2 a 5); SE DISPONE: De previo a resolver lo que corresponda y habida cuenta que la gestionante indica que hay una sentencia penal firme que inhabilita al señor Córdoba Soro para el ejercicio de cargos públicos, se solicita al Tribunal Penal de Hacienda y Función Pública que envíe a esta Autoridad Electoral copia certificada de la sentencia n.° 791-2019 de las 14:15 horas del 12 de noviembre de 2019, dictada en el expediente judicial n.° 15-000083-0621-PE. Además, ese órgano jurisdiccional indicará si tal fallo se encuentra firme. Notifíquese a la denunciante y al citado Tribunal Penal sita II Circuito Judicial de San José”
Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada Presidenta
Cabe señalar que existe una petición de un ciudadano sancarleño interpuesta el pasado 18 de mayo de este año ante el TSE para que le quite las credenciales al alcalde de San Carlos, lo anterior debido a que los regidores del Concejo Municipal que estaban llamados a hacerlo no movieron un dedo para hacer la petitoria pese a que conocían sobre el asunto .
Alfredo Cordoba actualmente en ejerció de su cargo de alcalde tiene una condena en firme de inhabilitación por seis meses de la función pública y el pago de ?3.5 millones por nombramiento ilegal del ex funcionario Wilberth Rojas.
Pese a esto, y pese a ya concluyó el pasado 19 de mayo la suspensión de los seis meses por el caso Diamante, Cordoba retomó la función pública de alcalde y no empezó a descontar los otros seis meses de inhabilitación por la condena por el caso de Wilberth Rojas.
Hay preocupación en Algunos vecinos ya que Córdoba al volver a la función pública podría borrar evidencias no solo relacionadas con el caso Diamante, sino con las aparentes acciones relacionadas con su actuación en la función en el pasado .
Hay que recordar que había varias investigaciones pendientes a lo interno del municipio como la relacionada con el Concierto de “Nodal” y otra relacionada con el caso Cochinilla y Diamante, investigaciones que ahora no se sabe en que van a parar.
Hay dudas en la opinión pública sobre las razones por la cual el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, no ha hecho cumplir la ley de inhabilitación por seis meses de labores en la función ´pública a Alfredo Córdoba, alcalde de San Carlos, lo anterior, pese a que hay una condena en firme e irrevocable que se dio a finales de enero pasado.
Hay que recordar que en febrero pasada según sentencia número 2021-00155, de las quince horas del 29 de enero de 2022 el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José declaró a ALFREDO CÓRDOBA SORO autor responsable de DOS DELITOS DE NOMBRAMIENTO ILEGAL en perjuicio de LOS DEBERES.DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, En tal concepto se le impone TREINTA DÍAS MULTA por cada delito, para un total de 60 DÍAS MULTA, correspondiendo al pago por un día multa la suma de SESENTA MIL COLONES, para un monto total a cancelar de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL DE (sic.) COLONES que deberá cancelar a favor de ADAPTACIÓN SOCIAL, a partir de los 15 días de la firmeza del fallo.
Asimismo se le condena al imputado ALFREDO CÓRDOBA SORO a la pena de INHABILITACIÓN EN EL EJERCICIO DE CARGOS PÚBLICOS Y DE ELECCIÓN POPULAR por el plazo de SEIS MESES., pena irrevocable.
Cabe resaltar que según lo establecido por el artículo 18 y 25 del Código Municipal, al alcalde haber sido condenado a una inhabilitación para ejercer cargos públicos y de elección popular, la pérdida de la credencial es automática.
En ese caso, el TSE tiene la competencia exclusiva para tomar la decisión que de acuerdo a la Ley y no requiere de mayores procedimientos. Lo único que el TSE. debe constatar, es la existencia de la sentencia firme que se le impone al alcalde de seis meses de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
Adicionalmente, el alcalde tiene otros procesos penales en su contra por diversos delitos que le achaca el Ministerio Público como es el Caso Diamante y otro relacionado por la Pista de Atletismo de Ciudad Quesada.