La Sala Constitucional declaró con lugar recurso de amparo presentado por la Coordinadora Norte Tierra y Libertad (CNTL) contra la Municipalidad de Upala.
· La Municipalidad de Upala debe entregar la información sobre permisos de uso de suelo, permisos de construcción y el expediente de la gasolinera JSM, solicitada por la CNTL.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en su Resolución No. 2020001867 del 31 de enero del presente 2020, declaró con lugar el recurso de amparo presentado en diciembre de 2019, por la Asociación de Derechos Comunitarios Coordinadora Norte Tierra y Libertad contra la Municipalidad de Upala.
La Sala Constitucional consideró que la Municipalidad violó el derecho de acceso a la información administrativa, derecho consagrado en el Artículo No.30 de nuestra Constitución Política, al negarse a entregar la información solicitada por la CNTL.
En julio del año 2019 la CNTL solicitó información sobre los permisos de uso de suelo conforme y de construcción, otorgados en el período comprendido entre julio del año 2016 y julio del 2019, como parte de un proceso de investigación sobre la problemática socioambiental de las inundaciones en Upala.
Además, solicitó el expediente administrativo de la nueva gasolinera JSM cuya construcción ha suscitado preocupación y oposición comunal. Esto se hizo con la idea de contar con información detallada para analizar la legalidad y la conveniencia del actuar de las autoridades municipales en este caso, derecho que -de acuerdo con la Sala- permite a la ciudadanía ejercer un efectivo control sobre las acciones públicas; en especial, que éstas se realicen con total apego a la legalidad costarricense.
En su resolución, la Sala Constitucional ordenó a la Sra. Vanessa Vargas Dimarco, en su condición de Alcaldesa, y al Sr. Leonardo Mora Mora, en su condición de Coordinador del Departamento de Desarrollo y Control Urbano, entregar de inmediato a la parte interesada la información pública requerida y existente en el municipio, relacionada con tales permisos y con la gasolinera JSM. Asimismo, la Sala condenó a la Municipalidad de Upala al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos señalados.
En seguimiento a la Resolución de la Sala, el pasado miércoles 12 de febrero del 2020, representantes de la Coordinadora Norte Tierra y Libertad se reunieron con la Alcaldesa Vanessa Vargas (quien sustituye al señor Juan Acevedo) y su equipo de asesores, esto con el fin de discutir el cumplimiento de la sentencia, llegándose a los siguientes acuerdos:
1. El jueves 20 de febrero se hará entrega a la CNTL del expediente administrativo completo de la gasolinera JSM.
2. Ese mismo día la Municipalidad presentará una propuesta de entrega del resto de la información solicitada, cuyo plazo máximo de entrega no será superior a un mes.
La CNTL considera de suma importancia este fallo de la Sala Constitucional, ya que ratifica el derecho que gozan las comunidades y organizaciones sociales de solicitar a las distintas instituciones públicas, como en este caso a la Municipalidad de Upala, toda aquella información de interés público que crean conveniente, en aras de ampliar el ejercicio de los derechos que nos asisten como ciudadanos y ciudadanas.