El Plenario Legislativo aprobó el expediente 22282 que autoriza y regula las disposiciones para desarrollar el comercio sobre ruedas.
Son aquellos automotores, vehículos remolques o unidades de arrastre modificados o diseñados para la venta y preparación de alimentos y/o bebidas, así como para la venta de bienes y servicios, detalló Radio Asamblea Legislativa.
Los propietarios de un comercio sobre ruedas deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) solicitar el permiso temporal a la Municipalidad que determine el espacio físico habilitado para desarrollar la actividad de comercio sobre ruedas, b) tramitar el Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF), en el Área Rectora del Ministerio de Salud, c) solicitar la licencia comercial temporal especial prevista en la presente ley, ante la Municipalidad del cantón con la que operará el comercio, d) tramitar una póliza de riesgos del trabajo, e) inscribir ante el Ministerio de Hacienda la actividad empresarial que realiza, f) inscribirse ante la Caja Costarricense de Seguro Social, g) permiso respectivo para la utilización de gas licuado de petróleo GLP.
Aquellos comercios sobre ruedas que estén actualmente en funcionamiento tendrán 60 días hábiles para cumplir con las disposiciones establecidas en la ley aprobada.