Los diputados de la Comisión Especial que estudia la Reforma Constitucional para eliminar la segunda Vicepresidencia de la República emitieron un dictamen positivo de la iniciativa..
Por medio de una reforma a los artículos 133, 135, 136, 137 y 138 de la Constitución Política los legisladores analizan eliminar la figura de la segunda Vicepresidencia de la República.
En la exposición de motivos de la propuesta los proponentes aducen que se debe modernizar la estructura de Gobierno con el propósito de ahorrar recursos y aumentar la eficiencia de la administración.
La función esencial de los Vicepresidentes es reemplazar al mandatario en casos de ausencia, ya que no tienen asignaciones constitucionales.
Además, la normativa establece que en caso de ausencia de las principales figuras del Ejecutivo será el Presidente de la Asamblea Legislativa el responsable de asumir funciones.
La propuesta fue admitida por el Plenario Legislativo y actualmente es analizada por una comisión especial designada para su estudio.
En nuestro país actualmente la primera vicepresidenta es Epsy Alejandra Campbell Barr el segundo vicepresidente es Marvin Rodríguez Cordero.
En Costa Rica, de conformidad con la Constitución de 1949, existen dos vicepresidentes de elección popular, elegidos junto con el Presidente de la República, en una misma lista, por sufragio directo, para períodos de cuatro años, sin reelección inmediata. Les corresponde sustituir al Presidente en sus ausencias temporales o definitivas.? En el caso de las ausencias temporales el presidente puede designar cual de los dos vicepresidentes le supla.?
En caso de muerte o renuncia del presidente, el primer vicepresidente asumirá el cargo por lo restante del período y no se adelantan las elecciones. Esto, sin embargo, nunca ha sucedido desde que está vigente la actual constitución pues desde 1949 ningún presidente de Costa Rica ha fallecido en el cargo, ha renunciado o ha sido destituido.
En caso de que los dos vicepresidentes no puedan ejercer el cargo, quien sigue en línea de sucesión es el Presidente de la Asamblea Legislativa, esto ya ha sucedido pues durante la segunda administración de Óscar Arias al final de su período los vicepresidentes habían renunciado; Laura Chinchilla para perseguir sus aspiraciones presidenciales y Kevin Casas a raíz de un escándalo político, por lo que correspondió al presidente legislativo Francisco Antonio Pacheco Fernández ejercer la presidencia en las ausencias temporales de Arias.? No está claro si, en el hipotético caso de que el presidente y los dos vicepresidentes no puedan ejercer, se adelantarían las elecciones, aun cuando tal escenario es muy improbable