–Pide que le paguen los salarios no recibidos desde julio de este año hasta el 30 de abril del 2024, lo que representaría más de 70 millones de colones.
Cuando creíamos que habíamos visto todo, sobre la condena del ex alcalde de San Carlos Alfredo Córdoba Soro por nombramiento ilegal de un funcionario, y por demanda de por lo menos tres denuncias por aparente corrupción, éste ahora busca revocar una sentencia firme que emitió el Tribunal de Supremo de Elecciones (TSE) de quitarle credenciales por condena.
No sabemos con qué sentido o con qué fin, Córdoba el 22 de noviembre pasado demandó a la Municipalidad, de dice tanto querer y la alcaldesa Karol Salas Vargas ante el Tribunal Contencioso Administrativo Civil de Hacienda.
Córdoba Soro alega que le hagan, nuevamente, el proceso de retiro de credencial, por considerar que no se le realizó en la sentencia que lo dejó fuera de la Municipalidad de San Carlos, donde se mantuvo por más de veinte años.
Pide que le paguen los salarios no recibidos desde julio de este año hasta el 30 de abril del 2024, lo que representaría más de 70 millones de colones.
La demanda de ex alcaldesa tramitada bajo el expediente N° 22-6277-1027-CA, ya fue notificada a la Municipalidad, que tiene tres días hábiles para referirse al caso, ya que, además, el juez tendría que decidir la próxima semana si acoge la medida cautelar urgente intraprocesal, para que se le restituya a Córdoba en el puesto de Alcalde, mientras se continua con el proceso.
Cabe rescatar que Córdoba había solicitado una medida cautelar para que se sustituyera en el puesto de alcalde, pese estar condenado en firme e inapelable.
El ex alcalde pretende que lo reinstalaran en el cargo con el salario y todos los pluses, mientras el Tribunal Contencioso Administrativo y Penal de Hacienda resuelve una demanda planteada por él contra la Municipalidad de San Carlos y la actual alcaldesa, Karol Salas.}
Alega que depende de estos salarios para subsistir.
Ante este panorama tan descabellado, el pasado 25 de noviembre la Procuraduría General de la República (PGR), representada por Grettel Rodríguez Fernández, se opuso a que se acoja una medida cautelar presentada por el exalcalde, Alfredo Córdoba Soro, según indica el medio regional La Región:
Indicó la PGR indicó que:
¨En criterio de esta representación, la medida cautelar resulta improcedente, pues no cumple con los presupuestos materiales para ser acogida. Así, la parte actora solicita como medida cautelar¨.
Dice, además, que la demanda carece por completo de apariencia de buen derecho, de conformidad con lo que reza el numeral 21, del Código Procesal Contencioso Administrativo, porque es clara la regularidad jurídica del acto impugnado.
En este caso, la parte actora pretende que el Tribunal Contencioso Administrativo desaplique una norma expresa del Código Municipal y una resolución, con autoridad de cosa juzgada emitida por un Tribunal Penal, considerando que existió un supuesto vicio en el debido proceso, afirmaciones que desde ahora deben rechazarse.
En forma contundente, señala la representación legal del Estado Costarricense, que el exalcalde Córdoba Soro fue condenado por un tribunal jurisdiccional y le fue impuesta una pena de inhabilitación para el ejercicio de los cargos públicos.
¨De esta manera, con autoridad de cosa juzgada, el aquí actor se encuentra condenado e inhabilitado en el ejercicio de cargos públicos. Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 en relación con el 16, ambos del Código Municipal, la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos implica una perdida automática de la credencial de Alcalde Municipal, pues es claro que la persona deja de ostentar los requisitos para dicho ejercicio¨.
En otro punto de las justificaciones de Córdoba para pedir la medida cautelar, la Procuraduría indica que don Alfredo no aporta ninguna prueba del daño que dice padecer y que, en efecto, el actor, únicamente, señala que ha sido Alcalde Municipal durante muchos años y que, por lo tanto, depende de su salario para subsistir y que a pesar de que se hace esta afirmación, no se trae ninguna prueba para demostrar que, efectivamente, el actor depende solo de su salario para subsistir.
“De esta manera, el Tribunal Contencioso estaría dictando un acto de eminente carácter electoral, por lo que no es posible acceder a esta petición”.
La medida cautelar es parte de la demanda que Córdoba Soro presentó contra la Municipalidad de San Carlos y a la alcaldesa Salas Vargas, en la cual pide que se le paguen los salarios no recibidos desde julio de este año hasta el 30 de abril del 2024, lo que representaría más de 70 millones de colones.