Luego de que la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de los Partidos Políticos negara al Partido Aquí Costa Rica Manda, inscribir candidatos a síndicos por un asuntos disparidad de genero en la inscripción, dicha agrupación apelaría decisión tal como se le faculta para hacer.
El por tanto de dicha resolución dicta:
«Se deniega la inscripción de las candidaturas para SINDICOS, por el cantón de SAN CARLOS, de la provincia ALAJUELA, presentada por el partido AQUÍ COSTA RICA MANDA, en la forma descrita en el considerando tercero de esta resolución. Asimismo, se deniega la inscripción de las candidaturas sustitutas, según lo descrito en el considerando cuarto de la presente resolución.
Se advierte que de conformidad con lo dispuesto en los artículos doscientos cuarenta y doscientos cuarenta y uno del Código Electoral y resolución del Tribunal Supremo de Elecciones N° 5266-E3-2009 de las nueve horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil nueve, contra esta resolución caben los recursos de revocatoria y apelación, siendo potestativo usar ambos recursos o uno solo de ellos, dentro de un plazo de tres días hábiles posteriores a la fecha que se tenga practicada la notificación»
El Partido fue sancionado a nivel nacional porque cuanto al realizar la definición de los encabezamientos estableció 243 hombres y 245 mujeres, lo cual, no evidencia un 50% de participación femenina y un
50% de participación masculina, además, se determina que la agrupación política no realizó los ajustes necesarios para cumplir con el requisito de paridad horizontal deprevio a la convocatoria de la contienda interna de designación de candidaturas de elección popular, misma que se convocó a partir del 21 de setiembre de 2023, conforme lo advertido por esta Administración Electoral.