¡Buenas noticias para los habitantes en franja fronteriza entre Costa Rica y Nicaragua! Gracias al trabajo articulado entre el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Instituto de
Desarrollo Rural (Inder) y el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) se presentó el proyecto de ley 24.718 ante la Asamblea Legislativa denominado: “Ley para regular las comunidades establecidas en el Refugio
Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte”.
Para la Ministra de la Presidencia, Laura Fernández Delgado, “esta iniciativa busca regular, ordenar y apoyar a
los habitantes que durante muchos años han vivido en la incertidumbre y sin seguridad jurídica, ya que fueron
afectadas por la declaratoria del Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte. Con este
proyecto de ley se beneficiarán directamente 22 mil personas de los cantones fronterizos de La Cruz, Upala,
Los Chiles, San Carlos, Sarapiquí y Pococí”.
La iniciativa de ley plantea una norma habilitante para iniciar la desafectación de las comunidades ubicadas,
es decir, que ya no sean parte del Refugio, lo que les permitirán realizar sus actividades cotidianas, como
mejoras de sus viviendas, así como actividades comerciales. Todo ello a partir de estudios técnicos y
ambientales que se realizan en este momento, así como su debida compensación ambiental, es decir, se adquirirán propiedades que pasarán a formar parte del Patrimonio Natural del Estado. Solamente en el cantón
de Los Chiles, se desafectarán aproximadamente 55 hectáreas.
Los estudios técnicos ya iniciaron por parte del personal del Inder que se encuentra realizando las mediciones
y otros trabajos adicionales. Además, de manera simultánea para agilizar los resultados, se ejecutan los
primeros Estudios Técnicos Ambientales en el cantón de Los Chiles, a través de una contratación específica
para tal fin, con el objetivo de determinar la viabilidad de la estrategia propuesta para brindar seguridad
jurídica a las comunidades afectadas.
Estas labores se requieren para identificar los centros de población afectados por la declaratoria del Refugio
Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte sin previa expropiación, donde también fue necesario
ejecutar censos poblacionales; y con ello, determinar el área de los poblados que requieren ser desafectados
mediante el decreto ejecutivo n°22962-MIRENEM del 15 de febrero de 1994.
Esta iniciativa permitirá desafectar los poblados dándole su seguridad jurídica por medio de concesiones y; consecuentemente, generando la posibilidad de invertir recursos públicos en dichas zonas y reactivar la economía y el desarrollo socio-cultural de estas comunidades, afectadas desde hace más de 30 años