? Diputado Jorge Rojas López, Partido PPSD, impulsa proyecto de ley N°23.341 con el objetivo de que en elecciones municipales los partidos políticos reciban por adelantadoparte de la cuota de deuda política
? El Proyecto integra los antecedentes recomendados por el Tribunal Supremo de Elecciones, el compromiso de transparencia y la visión de incremento de la participación de líderes cantonales y electores en procesos democráticos.
El actual modelo de contribución estatal para el financiamiento delos partidos políticos en los procesos electorales, no incluye aportes en los procesos municipales y, en consecuencia, impacta la equidad, promoción de mayor participación de líderes comunales e involucramiento de la ciudadanía en los procesos electorales de su cantón.
Además, esa condición atrae el riesgo de prácticas presuntamente irregulares o ilícitas, inclusive. No obstante, desde este Despacho creemos en un sistema de financiamiento que permita fortalecer el sistema democrático de una manera real, responsable y transparente.
Actualmente, según la página web del Tribunal Supremo de Elecciones, se encuentran inscritos 32partidos en Escala Nacional (para elecciones presidenciales, diputaciones y municipales), 22partidos para Escala Provincial (elecciones diputaciones y municipal), 91 partidos Escala Cantonal
(para elecciones municipal), para un total de 145 partidos políticos.
Por esa razón, reconocemos la importancia en la promoción y fomento de la participación electoral, el voto informado y el desarrollo de la diversidad partidaria local que nutre nuestro sistema democrático y nutre el desarrollo de todas las comunidades del país. Igualmente, que la deuda política llegue a todos
oportuna y equitativamente.
El proyecto de ley 23.341 “ADICIÓN Y REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO ELECTORAL, LEY N°8765, DE 19 DE AGOSTO DE 2009, RELATIVOS AL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOSPOLÍTICOS” que se impulsa, tiene como objetivo fundamental que las agrupaciones políticas provinciales o cantonales puedan contar con recursos anticipados que satisfagan la demanda ciudadana para generar un voto informado, así como la transparencia que dicta la legislación electoral y los controles ciudadanos, a través de la publicidad, que impone nuestro sistema de pesos y contrapesos. De esta forma, nuestros líderes actuales y futuros, podrán integrar partidos políticos legalmente inscritos para participar de las contiendas electorales con deuda política adelantada, como se realiza en las elecciones presidenciales y legislativas, conforme el artículo96del Código Electoral.
Para ello, estimamos necesaria la reforma del artículo 135 del Código Electoral y normas conexas, de forma que fortalezca los mecanismos de control desde el alcance de los informes y certificaciones contables, aún si no existen movimientos, y la publicidad de los mismos a partir de plataformas del Tribunal Supremo de Elecciones y con la inmediatez que es propia a la entrega de dichos documentos partidarios.
Asimismo, incluye otras reformas importantes, como a la ley de impuesto a la renta, con la cual se establece el rigor de hacer donaciones, por parte de una persona física nacional a un partido político, a través de las entidades supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), cuando dichas donaciones de forma individual o en su conjunto igualen o superen el equivalente a un salario base, hoy definidoen?462.200. Objetivos del proyecto:
? Sumar en temas de participación, financiamiento y controles. ? Incorporar responsabilidades al fiscal del partido político, quien debe velar por el buen manejo de las finanzas y el patrimonio del partido.
? Proveer reglas de financiamiento estatal para las elecciones municipales, en abonoa los procesos de comunicación política que fortalecen un voto informado y la promoción de la participación local en los procesos electorales.
? Establecer una fórmula genérica e inclusiva para las elecciones municipales. Los partidos
políticos tendrán derecho a retirar la cantidad que les corresponda por concepto de financiamiento anticipado caucionado, de acuerdo con la resolución que para ese efecto deberá emitir el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
? Adicionar como gastos deducibles de la renta bruta aportes por un monto igual a10salarios base. El proyecto cumple y está alineado con lo que en su momento propuso y asesoró a los diputados de otras legislaturas el Tribunal Supremo de Elecciones en materia de reforma del financiamiento municipal, incluido el monto no reembolsable para el adelanto del 30% que será para el pago de la producción y difusión de espacios en medios televisivos, radiales y de prensa escrita, ya sean medios nacionales, regionales o cantonales, exclusivamente para que los partidos políticos den a conocer sus candidatos y sus programas de gobierno.
junio de 2021 el ex Presidente del TSE, señor Luis Antonio Sobrado, afirmó que el modelo actual de financiamiento estatal de partidos políticos “eleva la tentación de recurrir a capitales
delictivos”. La afirmación la hizo en la Asamblea Legislativa, durante su comparecencia ante la comisión investigadora de la infiltración del narcotráfico en las municipalidades de la zona sur. “Nuestro modelo de financiamiento partidario tiene un “Talón de Aquiles” estructural que eleva la tentación de recurrir a capitales delictivos o, al menos, de origen dudoso.
“Situación se agrava dramáticamente cuando se trata de elecciones municipales” Es por lo anterior, que este proyecto de ley busca en elecciones municipales que los partidos políticos reciban por adelantado la deuda política y así contribuir a que participen de forma equitativa y transparente.